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26 de agosto de 2017

JUANA DE ARCO 
(1412-1431)
MUJERES QUE HAN HECHO HISTORIA

 Nació en la Ciudad de Domrémy, Francia, 1412, hija de Jacques Darc e Isabelle Romée, Juana de Arco es también conocida como Doncella de Orleans, como ella misma se hacía llamar. Según los historiadores, Juana tuvo una infancia feliz al lado de sus padres y sus hermanos.

Entre los 13-14 años Juana comenzó a experimentar experiencias místicas con entidades espirituales que  les hablaban, más tarde la misma Juana identifica estas voces  como Santa Catalina de Alejandría y Santa Margarita de Antioquia, las santas más veneradas de la época.  Juana declaró que sus voces la exhortaban a llevar una vida devota y piadosa. Unos años más tarde, se sintió llamada por Dios a una misión que no parecía al alcance de una campesina analfabeta: dirigir el ejército francés, coronar como rey al delfín en Reims y expulsar a los ingleses del país.

Juana afirmó que las había reconocido gracias a que las propias santas se habían identificado, algo que ya había declarado en Poitiers, con motivo del interrogatorio sobre las visiones llevado a cabo por la corte del delfín. Se negó a dar más explicaciones, instando a los jueces a ir a Poitiers si querían conocer más detalles.

Sobre el año en que sucedió, en un primer momento había dicho que fue cuando tenía trece años. Posteriormente detalló que hacía siete años que estas voces le aconsejaban y la protegían. Por lo tanto, se presume que en 1424 se le habrían aparecido por primera vez las visiones.

Alentadas por sus visiones, Juana considero su deber, para cumplir la Voluntad de Dios, dirigir el ejército francés que expulsaría los ingleses del país y que permitiría coronar al delfín en Reims como Rey. Es en este Contexto que en   1428 viajó hasta Vaucouleurs con la intención de unirse a las tropas del príncipe Carlos, pero fue rechazada. A los pocos meses, el asedio de Orleans por los ingleses agravó la delicada situación francesa y obligó al delfín a refugiarse en Chinon, localidad a la que acudió Juana, con una escolta facilitada por Roberto de Baudricourt, para informar a Carlos acerca del carácter de su misión.

EL Príncipe  Carlos después de haberlo analizado  y consultados con los expertos de la época decide confiarle un ejército de  cinco mil hombres, con el que Juana de Arco consiguió derrotar a los ingleses y levantar el cerco de Orleans (8 de mayo de 1429). A continuación realizó una serie de campañas victoriosas que franquearon al delfín el camino hacia Reims y permitieron su coronación como Carlos VII de Francia (17 de julio de 1429). La joven doncella se había convertido en una guerrera a las órdenes de Dios y de Francia, usando por primera vez ropa de hombre.  El 17 de julio de 1429 el delfín era coronado en la catedral de Reims como Carlos VII. Juana había conseguido vencer a los ingleses y dar a Carlos la corona de Francia. A  partir de aquel momento los intereses de ambos empezaron a divergir. A una posición pactista del rey, quien pretendía terminar con el conflicto llegando a acuerdos de paz aún a expensas de perder derechos o territorios se oponía Juana, quien, según sus voces, debía seguir luchando para expulsar a los ejércitos enemigos y sus aliados los borgoñones del territorio francés.

Cuando termino esta misión Juana dejo de escuchar aquellas voces que la habían conminado a realizar las hazañas descripta anteriormente, por lo que  pidió permiso para volver a casa, pero ante la insistencia de quienes le pedían que se quedara, continuó combatiendo, primero en el infructuoso ataque contra París de septiembre de 1429, y luego en el asedio de Compiègne, donde fue capturada por los borgoñones el 24 de mayo de 1430.

La captura de Juana fue el fin de su vida como guerrera. Una vez en manos inglesas, Carlos VII no pudo o no quiso hacer nada por rescatar a quien le había ayudado a subir al trono de Francia. El rey ungido gracias a Juana no oyó las voces de la corte, entre ellas la de su amante Agnes Sorel, que le pedían que mediara en la liberación de la joven doncella.

A pesar de los esfuerzos de sus compañeros, nada se pudo hacer por ella. Tras permanecer en varios castillos en cautividad, Juana fue entregada por los borgoñeses a los ingleses, quienes deseaban condenar a la doncella que un día derrotó a sus ejércitos.

El juicio fue largo. A Juana se la acusaba de herejía y de vestir como un hombre, algo totalmente prohibido para una mujer. Tras un cansado y extenso proceso, los defensores de Juana consiguieron que se retractara de todas las acusaciones y que volviera a vestir como mujer. Pero parece ser que estando recluida le quitaron la ropa cambiándola de nuevo por vestidos masculinos. Juana volvió entonces a reafirmarse en sus creencias firmando así su sentencia de muerte. Juana de Arco fue trasladada a Ruán y juzgada por un tribunal eclesiástico acusada de brujería, con el argumento de que las voces que le hablaban procedían del diablo, con lo cual se pretendía presentar a Carlos VII de Francia como seguidor de una bruja para desprestigiarlo. Tras un proceso inquisitorial de tres meses, fue declarada culpable de herejía y hechicería; pese a que ella había defendido siempre su inocencia, acabó por retractarse de sus afirmaciones, lo cual permitió conmutar la inicial sentencia de muerte por la de cadena perpetua.

El 30 de mayo de 1431, con tan sólo 19 años, Juana de Arco era quemada en la hoguera acusada de hereje, en la ciudad de Ruán donde había sido trasladada para ser juzgada.

23 años después de la muerte de Juana,  En 1456 su familia pidió una revisión del caso. El papa Calixto III creó una comisión que rehabilitó plenamente a la joven doncella. Más de cuatro siglos después, otro papa, Benedicto XV elevaba a Juana a los altares  fue beatificada en 1909 y canonizada en 1920, año en que Francia la proclamó su patrona. El 30 de mayo, fecha de su muerte, se celebra su festividad.  Juana de Arco fue Considerada una mártir y convertida en el símbolo de la unidad francesa.



24 de agosto de 2017

EL DIVORCIO EN LA LEY  HEBREA O MOSAICA



LA LEY DE MOISES o LA TORAH



La ley conocida Como la Torah  o la Ley de Moisés fue la ley que estableció JEHOVA el creador del Universo, para regir al pueblo de Israel.  Esta ley fue entregada a Moisés de la propia  Mano de JEHOVA, y en ella se establecían todos los lineamientos y preceptos que debía seguir este pueblo, para tener una convivencia armoniosa y conforme al Plan de Dios.
En la Ley Hebrea solo el hombre  podía divorciarse, en esta ley se establecía que si el hombre se casaba y luego de haberse casado algo de la Esposa  le desagradaba por haber encontrado el hombre en la mujer alguna cosa indecentente podía este escribirle carta de divorcio, entregársela  en sus mano y la despedirla  de su casa. El texto no explica si este procedimiento se realizaba ante un funcionario en particular, o bastaba con que el hombre realizara esta escritura  y se la entregara a la mujer.  No es muy explícito el texto cuando se refiere a las razones por la que el hombre podía darle carta de divorcio a mujer, solo se refiere a “ Algo Indecente” lo que dio lugar a diferentes corrientes interpretativas sobre el significado de la frase algo indecente. Lo que si está claro es que esta frase de “ Algo Indecente” No se refiere al Adulterio, ya que esta figura se encontraba regulado en la ley,  y la ley establecía que la persona sorprendida en adulterio o más bien la mujer sorprendida en esta acción era condenada a muerte. El tipo de muerte era apedreamiento.

La Mujer cuando se divorciaba quedaba libre para casarse de nuevo con otro hombre. Sin embargo la ley prohibía a los hombres volverse a casar con la mujer que le habían entregado carta de divorcio, si esta se hubiese casado con otro hombre.

El DIVORCIO EN LA LEY DE CRISTO

Cuando Jesús anduvo en la Tierra los estudiosos de la ley, le hicieron la inquietante pregunta a Jesús, de que si era licito repudiar a la Mujer por Cualquier causa? Y Por qué en la Ley Moisés permitió dar cartas de Divorcio a la mujer y repudiarla? Esto basándose en la Frase de Algo Indecente establecido  en la ley. Es en el preciso momento de la Repuesta que le da Jesús que introduce una modificación a esta ley, prohibiendo el Divorcio en sentido General, y admitiendo solo una excepción para el Divorcio, Esta Causa es la Fornicación. Jesús le Dijo que por la Dureza de su Corazón Dios Permitió que Moisés lo estableciera en la ley, pero que no fue así al principio de la Creación ni estaba en los planes de Dios que el Hombre se Separare. Y el Mismo Jesús es quien establece que lo que Dios Unió, el Hombre no lo separe refiriéndose al Divorcio. Bajo la ley de Cristo no se le permite a ninguno de los cónyuges volverse a casar luego de divorciada, ya que quienes lo hicieren cometerían el delito de Adulterio.
Posterior a la Muerte de Jesús el  Apóstol Pablo uno de los hombres después de Jesús y Moisés con mayor influencia en el mundo cristiano, establece una ligera excepción  en lo  referente al Divorcio, Y era el caso cuando una persona creyente, convivía con una que no era creyente, si el no creyente se separa por alguna causa, o abandona la otra parte, el cónyuge abandonado queda en Libertad de Casarse de Nuevo, si lo hace con un creyente.
Estos son los puntos más relevantes que podemos encontrar en la legislación hebrea sobre el Divorcio.
Cabe destacar que en los tiempos de Moisés solo la Nación de Israel estaba sometida a esta ley,  Sin embargo ya en los tiempos de Jesús la ley pasa a ser de uso general y a regir a todos cristianos del mundo, no importa el lugar geográfico donde se encuentre,


21 de agosto de 2017

DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO


PROCEDIMIENTO DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO
EXPLICADO EN 7 PASOS

El Divorcio por Mutuo Consentimiento es un procedimiento sencillo y rápido que se realiza de forma administrativa, aunque cabe destacar que en algunos casos el Juez puede solicitar la comparecencia de los cónyuges, y más recientemente  en algunos tribunales se celebra audiencia obligatoria con la comparecencia de los cónyuges.  

Es preciso siempre revisar los requisitos para cada tipo o modalidad de divorcio, en República Dominicana, la ley que rige esta materia es la ley No. 1306-Bis del 12 de Junio de 1937 y sus respectivas modificaciones. 
Siempre que los Cónyuges hayan decidido Divorciarse y no sea posible la reconciliación, y estos cumplan con los requisitos establecidos en la ley, pueden hacerlo por Mutuo Consentimiento. 
Para ello luego de llegar a un acuerdo sobre los bienes adquiridos durante el Matrimonio ( en caso de que el Matrimonio haya sido bajo el régimen Matrimonial de la Comunidad de Bienes), la guarda, custodia y manutención de los hijos menores en caso que los hubieran deben hacer mediante su abogado constituido para fines de Realizar el Procedimiento de Divorcio lo Siguiente:
1)   Redactar Ante Notario Público un Acto Autentico  denominado de Consentimiento de Estipulación y convenciones, donde se estipulan los acuerdos a los que llegaron los cónyuges respecto a los bienes, los hijos, y cualquier otra estipulación que fuere pertinente establecer. Este acto debe ser Registrado en Registro Civil del Ayuntamiento del Municipio Correspondiente. Para ello debe pagar un impuesto de RD$ 100.00 de la Ley del Notario en el Banco de Reservas y RD$ 200.00 Por el Registro en el Ayuntamiento.
2)    Solicitar Ante el Notario Público Actuante la Primera Copia Certificada de Este Acto, y legalizarla en la Procuraduría General de la República Dominicana por un valor de RD$ 700.00, lo que deben ser pagado en el Banco de Reservas.
3)    Realizar  Solicitud de Sala ante la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial de Juzgado de Primera Instancia del Municipio Correspondiente.



4)    Una vez sea designada la sala,  depositar el inventario de documentos requerido, y solicitar fijación de audiencia. ( Ver Inventario de Documentos), Acompañados de los respectivos impuestos de la DGII.
5)   Una vez conocida la demanda y dictada la Sentencia, se paga en el tribunal el registro de la misma en el ayuntamiento RD$ 200.00 y se retira.
6)   Con la Sentencia Registrada se procede al Pronunciamiento o Transcripción de la Sentencia en una oficialía  del Estado Civil correspondiente a la Provincia donde se conoció la demanda de Divorcio. Por este Servicio se paga en la Oficialía RD$ 1,500.00
7)    Luego de Pronunciado el Divorcio, se procede a la publicidad del mismo, publicándolo en un periódico de circulación nacional, conforme lo establece la ley. El precio de esta publicación varía de acuerdo al periódico, el mismo oscila entre RD$ 750.00 A 4,000.00 Aproximadamente.


Una vez realizados estos pasos, ha concluido el Procedimiento de Divorcio por Mutuo Consentimiento.
 Cualquier duda contactarme 
INSTANCIA DE SOLICITUD DE SALA

Santo Domingo, R.D
15  de Marzo 2017



AL:   HONORABLE MAGISTRADO (A) , JUEZ PRESIDENTE DE LA CAMARA
        CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO  DE PRIMERA INSTANCIA DEL
         DISTRITO NACIONAL                       



                                 



 
ASUNTO :   SOLICITUD DE FIJACION DE SALA PARA CONOCER DE LA 
                   DEMANDA DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO
                   ENTRE LOS SEÑORES BERENGENA MORADA Y ARROZ
                   BLANCO.                          





ABOGADA                    :         LIC. GRISELDA ALVAREZ BONILLA           
  



HONORABLE   MAGISTRADO (A)

La  suscrita,   Licda.  GRISELDA ALVAREZ BONILLA,   dominicana, mayor de edad, soltera, abogada de los tribunales de la República Dominicana, Matricula No. 55386-459-14,  titular de la cédula de identidad y electoral No. 000-00000-0, con estudio profesional abierto en calle _________________l, en esta ciudad de santo domingo; Teléfonos (809) ________ y  (809) 283-0169,  quien actúa a requerimiento de los señores  BERENGENA  MORADA y ARROZ BLANCO, de generales dominicanos, mayores de edad, casados entre sí, titulares  de las cédulas de Identidad y Electoral Nos.  00-00000-0  y 000-00000-1 respectivamente, domiciliados y residentes en la calle ______., en la casa marcada con el número veinte y dos (22),  Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, y transitoriamente en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional  y la calle ________________, en el apartamento marcado con el número doscientos dos (h 202), sector el ___________, Santo Domingo, Distrito Nacional, respectivamente;  Por medio de la presente instancia tenemos a bien Solicitar lo Siguiente:
UNICO: Que designéis sala a los fines de que está conozca de la Demanda DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO interpuesta por los Señores  BERENGENA MORADA y  ARROZ BLANCO

Y HAREIS JUSTICIA.


En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, A los Quince (15) días del Mes de Marzo, del Año Dos Mil Diecisiete (2017)
                                _________________________________
                                   LIC. GRISELDA ALVAREAZ BONILLA
                                                     ABOGADA

INSTANCIA SOLICITUD  FIJACION DE AUDIENCIA

Santo Domingo, R.D
21  de Marzo 2017


            
AL (A):         HONORABLE MAGISTRADO (A) JUEZ PRESIDENTE DE LA CAMARA
                      CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL
                      DISTRITO NACIONAL PARA ASUNTOS DE FAMILIA: SEPTIMA SALA



                     

 
ASUNTO :       SOLICITUD DE FIJACIÓN DE AUDIENCIA PARA CONOCER
                       DE LA DEMANDA DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTI-
                       MIENTO ENTRE LOS SEÑORES BERENGENA MORADA Y
                       ARROZ BLANCO                      




ABOGADA                    :         LIC. GRISELDA ALVAREZ BONILLA           



HONORABLE   MAGISTRADO (A)


La  suscrita,   Licda.  GRISELDA ALVAREZ BONILLA,   dominicana, mayor de edad, soltera, abogada de los tribunales de la República Dominicana, Matricula No. 55386-459-14,  titular de la cédula de identidad y electoral No. __________, con estudio profesional abierto en calle _____________, en esta ciudad de santo domingo; Teléfonos (809)________ y  (809) 283-0169,  quien actúa a requerimiento de los señores  BERENGENA MORADA y ARROZ BLANCO, de generales dominicanos, mayores de edad, casados entre sí, titulares  de las cédulas de Identidad y Electoral Nos.  __________  y _________ respectivamente, domiciliados y residentes en la calle_____________., en la casa marcada con el número veinte y dos (22), Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, y transitoriamente en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional  y en la calle ______________, en el apartamento marcado con el número doscientos dos (h 202), sector ______________, Santo Domingo, Distrito Nacional, respectivamente;  Por medio de la presente instancia tenemos a bien Solicitar lo Siguiente:
UNICO: Que Fijéis Audiencia a los fines de que se conozca de la Demanda DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO Interpuesta por los Señores  BERENGENA  MORADA  y  ARROZ BLANCO

Y HAREIS JUSTICIA.
En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, A los veintiún  (21) días del Mes de Marzo, del Año Dos Mil Diecisiete (2017)
                                


                                   LIC. GRISELDA ALVAREAZ BONILLA
                                                     ABOGADA





INVENTARIO DE DOCUMENTOS DEPOSITADOS  A LOS  FINES DE SER INCLUIDOS EN EL EXPEDIENTE REALATIVO AL PROCEDIMIENTO DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO DE LOS SEÑORES BERENGENA MORADA y  ARROZ BLANCO.

ANEXO:

1)   Acta de Matrimonio Inextensa ( Original)
2)    Copia Acto Autentico No. 500/2017 de Estipulaciones y Convenciones,  fechado el día  Seis (06) Del mes de Marzo del año Dos Mil  Diecisiete 2017, para fines de Divorcio por Mutuo Consentimiento Entre los señores  BERENGENA MORADA  y ARROZ BLANCO, instrumentado por el Notario Público LIC. NOTARIO PÚBLICO.
3)   Compulsa Notarial del Acto No. 500/2017 ( Original)
4)   Copia de Cédula de Identidad y Electoral de la Señora BERENGENA MORADADA  ( Cónyuge)
5)   Copia de Cédula de Identidad y Electoral del Señor ARROZ BLANCO
( Cónyuge )
6)    Copia de Cédula de Identidad y Electoral de la Lic. GRISELDA ALVAREZ BONILLA (Abogada)


En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los veintiún(21) días del mes de Marzo del  Año Dos Mil Diecisiete(2017).



LIC. GRISELDA ALVAREZ BONILLA
ABOGADA


RECIBIDO CONFORME:____________________________

                                                          Secretario(a)






ESCRITO AMPLIATORIO DE CONCLUSIONES


A L :                Magistrado (A) Juez (A) Presidente  De La  
                      Cámara Civil Y Comercial  Del Juzgado De 
                      De  Primera Instancia Del  Distrito Nacional,
                       Para Asuntos  De Familia: Séptima Sala


ASUNTO:            Escrito Ampliatorio En La Demanda De
                           Divorcio Por Mutuo  Consentimiento.



DIVORCIANTES: BERENGENA MORADA  y ARROZ BLANCO
                             


ABOGADA:             LICDA. GRISELDA ALVAREZ BONILLA


HONORABLE MAGISTRADO (A):

La  suscrita,   Licda.  GRISELDA ALVAREZ BONILLA,   dominicana, mayor de edad, soltera, abogada de los tribunales de la República Dominicana, Matricula No. 55386-459-14,  titular de la cédula de identidad y electoral No. ___________, con estudio profesional abierto en calle __________l, en esta ciudad de santo domingo; Teléfonos (809) _____________ y  (809) 283-0169,  quien actúa a requerimiento de los señores  BERENGENA MORADA y ARROZ BLANCO, de generales dominicanos, mayores de edad, casados entre sí, titulares  de las cédulas de Identidad y Electoral Nos.  _________  y ___________ respectivamente, domiciliados y residentes en la Calle ____________ en la casa marcada con el número veinte y dos (22),  Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, y transitoriamente en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional  y  Calle____________, en el apartamento marcado con el número doscientos dos (h 202), sector ______________, Santo Domingo, Distrito Nacional, respectivamente;  Por medio de la presente instancia tenemos a bien ampliar conclusiones:

PRIMERO: Que se homologue o acoja el Acto No. Quinientos (500/2017),   contentivo de Acto de Estipulaciones y Convenciones, de fecha Seis (06) Del mes de Marzo del año Dos Mil  Diecisiete (2017), instrumentado por el LIC. NOTARIO PÚBLICO, Abogado Notario Público de los del Numero del Distrito Nacional;

SEGUNDO: Que ordenéis el pronunciamiento del divorcio por ante el Oficial del Estado civil Correspondiente de conformidad con las Disposiciones  de la Ley;
TERCERO: Compensar pura y simplemente las costas del procedimientos del procedimiento por tratarse de Litis entre esposos de conformidad de la Ley que rige la materia.


Y HAREIS JUSTICIA.



En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los veintiún  ( 21 ) días del mes de Marzo del Año Dos Mil Diecisiete (2017).





________________________
GRISELDA ALVAREZ BONILLA
Abogada







ACTO AUTÉNTICO  DE CONSENTIMIENTO DE ESTIPULACIONES Y CONVENCIONES PARA FINES DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

ACTO NUMERO Quinientos;( 500) 500/2017 ; En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, hoy día  Seis (06) Del mes de Marzo del año Dos Mil  Diecisiete (2017); por ante mi LIC. NOTARIO PÚBLICO, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, debidamente inscrito en el Colegio Dominicano de Notarios Incorporado, mediante la matricula No._____, dominicano, mayor de edad,  titular de la cedula de identidad y electoral No. _____________, domiciliado y residente en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y estudio profesional abierto al público en la calle ______________, Santo Domingo, Distrito Nacional, en el regular ejercicio  de mis funciones, asistido  de los testigos que serán nombrados al final de este acto, DECLARO, CERTIFICO Y DOY FE, que HAN  COMPARECIDO PERSONAL, LIBRES Y VOLUNTARIAMENTE, LOS ESPOSOS, señores BERENGENA MORADA dominicana, mayor de edad,  casada, empleada privada, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. -----------, domiciliada y residente en la calle ___________ en la casa marcada con el número veinte y dos (22),  Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana y transitoriamente en la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional; y ARROZ BLANCO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. _________, domiciliado y residente en calle __________, en el apartamento marcado con el número  h doscientos dos (H-202), sector ___________________, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional; y de manera conjunta ME HAN EXPRESADO LO SIGUIENTE: Que en fecha ___________del mes de_______________  del año  Dos Mil Catorce (2014)  contrajeron matrimonio por ante el Oficial Civil de la 11VA. CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL y que tienen el firme y perseverante propósito de divorciarse y que  actualmente se encuentran dentro del período permitido por la ley para efectuar su divorcio por mutuo consentimiento. Que ambos han CONVENIDO en realizar su DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, y que estando dentro de las condiciones requeridas por la Ley, por medio de este acto, dejan consignadas las CONVENCIONES Y ESTIPULACIONES que han de regir su divorcio por mutuo consentimiento, las cuales son las siguientes. PRIMERO: Que  Contrajeron  Matrimonio en fecha ------------ del mes de -------- del Año Dos Mil Catorce (2014), por ante el Oficial Civil de la 11VA. CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL, según Acta No__________, Libro No._______, Folio No.___________, Año 2014 de registro de MATRIMONIO CIVIL de la  Oficialía del Estado Civil de la 11VA. CIRCUNSCRIPCION  DEL  DISTRITO NACIONAL; SEGUNDO: Que durante el Matrimonio no procrearon hijos, por tanto no hay nada que disponer respecto a Guarda, Cuidado y Manutención de hijos menores de edad. TERCERO: Que  los bienes adquiridos durante el Matrimonio por los Esposos  consisten en  Enseres  para el uso del hogar, y ambos acuerdan, que los mismos quedaran a favor de la ESPOSA, la señora BERENGENA MORADA; CUARTO: Que la Esposa residirá, mientras dure el procedimiento de Divorcio, en su actual domicilio y residencia, antes indicado; QUINTO: Que la Esposa renuncia por el Presente Acto a que su esposo le pase pensión alimentaria, en virtud de que ella está en capacidad de proveerse y satisfacer sus necesidades; SEXTO: Que ambos esposos otorgan PODER  Tan Amplio y Suficiente Como en Derecho  fuere  necesario  y menester a la Licda.  GRISELDA ALVAREZ BONILLA,   dominicana, mayor de edad, soltera, abogada de los tribunales de la República Dominicana, Matricula No. 55386-459-14,  titular de la cédula de identidad y electoral No. ________, con estudio profesional abierto en calle __________l, en esta ciudad de santo domingo; Teléfonos (809) _______ y  (809) 283-0169, lugar donde  los comparecientes  hacen  formal elección de domicilio para los fines y consecuencias del Procedimiento de Divorcio, para que en su calidad de Abogada realice todos los trámites necesarios para el procedimiento del Divorcio por Mutuo Consentimiento de los comparecientes, y dicho Divorcio será conocido en la Cámara de lo Civil Para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Sito en la calle Socorro Sánchez No.68, Esq. Calle Santiago, del sector Gazcue, D.N., R.D. este poder es aceptado por dicha abogada, presente en estos momentos, el cual firma el presente acto en señal de aceptación; ASÍ LO DIJERON Y OTORGARON por ante mí, Notario Público, en testimonio de lo que antecede se redacta el presente acto, en presencia de las testigos señoras ORQUIDEA ROJA, dominicana, mayor de edad, casada, Ingeniera, Titular de la Cédula de identidad y electoral No. ------------- domiciliada y residente en la calle--------------, en la casa marcada con él número cuarenta y dos (42), sector ______________, municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, y transitoriamente en la ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional Y CLAVEL AMARILLO, dominicana, mayor de edad, soltera,  empleada privada, titular de la cédula de identidad y electoral No. _______________, domiciliada y residente  calle _____________, en la casa marcada con él número catorce (14), Sector ___________, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, y transitoriamente en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, testigos instrumentales requeridos al efecto, libres de tachas y excepciones, requeridos al efecto, persona a quienes doy fe, según lo estatuye la ley al cuál le he dado lectura en alta voz a los comparecientes, quienes después de encontrarlo conforme, proceden a firmarlo junto conmigo y ante mí, Notario Público; firmado también los testigos y el apoderado, antes indicados. Por lo cual Certifico y Doy Fe.


_____________________________________
BERENGENA MORADA
Compareciente



_____________________________________
ARROZ BLANCO
Compareciente


__________________________________
GRISELDA ALVAREZ  BONILLA
Abogada Apoderada



_______________________________________
ORQUEDEA ROJA
Testigo



_______________________________________________
CLAVEL AMARILLO
Testigo






_________________________________
LIC. NOTARIO PÚBLICO
                             Abogado-Notario- Público   






COMPULSA NOTARIAL


YO, LIC. NOTARIO PUBLICO, Abogado Notario Público; Certifico y doy fe que en mi Protocolo de Notario, Existe un Acto de Estipulaciones y Convenciones del tenor Siguiente, del cual expido la primera certificación: ACTO AUTENTICO  DE CONSENTIMIENTO DE ESTIPULACIONES Y CONVENCIONES  PARA  FINES DE  DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO. ACTO NUMERO Quinientos;( 500) 500/2017 ; En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, hoy día  Seis (06) Del mes de Marzo del año Dos Mil  Diecisiete (2017); por ante mi LIC. NOTARIO PÚBLICO, Abogado Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, debidamente inscrito en el Colegio Dominicano de Notarios Incorporado, mediante la matricula No._____, dominicano, mayor de edad,  titular de la cedula de identidad y electoral No. _____________, domiciliado y residente en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y estudio profesional abierto al público en la calle ______________, Santo Domingo, Distrito Nacional, en el regular ejercicio  de mis funciones, asistido  de los testigos que serán nombrados al final de este acto, DECLARO, CERTIFICO Y DOY FE, que HAN  COMPARECIDO PERSONAL, LIBRES Y VOLUNTARIAMENTE, LOS ESPOSOS, señores BERENGENA MORADA dominicana, mayor de edad,  casada, empleada privada, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. -----------, domiciliada y residente en la calle ___________ en la casa marcada con el número veinte y dos (22),  Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana y transitoriamente en la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional; y ARROZ BLANCO, dominicano, mayor de edad, casado, empleado privado, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. _________, domiciliado y residente en calle __________, en el apartamento marcado con el número  h doscientos dos (H-202), sector ___________________, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional; y de manera conjunta ME HAN EXPRESADO LO SIGUIENTE: Que en fecha ___________del mes de_______________  del año  Dos Mil Catorce (2014)  contrajeron matrimonio por ante el Oficial Civil de la 11VA. CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL y que tienen el firme y perseverante propósito de divorciarse y que  actualmente se encuentran dentro del período permitido por la ley para efectuar su divorcio por mutuo consentimiento. Que ambos han CONVENIDO en realizar su DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, y que estando dentro de las condiciones requeridas por la Ley, por medio de este acto, dejan consignadas las CONVENCIONES Y ESTIPULACIONES que han de regir su divorcio por mutuo consentimiento, las cuales son las siguientes. PRIMERO: Que  Contrajeron  Matrimonio en fecha ------------ del mes de -------- del Año Dos Mil Catorce (2014), por ante el Oficial Civil de la 11VA. CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL, según Acta No__________, Libro No._______, Folio No.___________, Año 2014 de registro de MATRIMONIO CIVIL de la  Oficialía del Estado Civil de la 11VA. CIRCUNSCRIPCION  DEL  DISTRITO NACIONAL; SEGUNDO: Que durante el Matrimonio no procrearon hijos, por tanto no hay nada que disponer respecto a Guarda, Cuidado y Manutención de hijos menores de edad. TERCERO: Que  los bienes adquiridos durante el Matrimonio por los Esposos  consisten en  Enseres  para el uso del hogar, y ambos acuerdan, que los mismos quedaran a favor de la ESPOSA, la señora BERENGENA MORADA; CUARTO: Que la Esposa residirá, mientras dure el procedimiento de Divorcio, en su actual domicilio y residencia, antes indicado; QUINTO: Que la Esposa renuncia por el Presente Acto a que su esposo le pase pensión alimentaria, en virtud de que ella está en capacidad de proveerse y satisfacer sus necesidades; SEXTO: Que ambos esposos otorgan PODER  Tan Amplio y Suficiente Como en Derecho  fuere  necesario  y menester a la Licda.  GRISELDA ALVAREZ BONILLA,   dominicana, mayor de edad, soltera, abogada de los tribunales de la República Dominicana, Matricula No. 55386-459-14,  titular de la cédula de identidad y electoral No. ________, con estudio profesional abierto en calle __________, en esta ciudad de santo domingo; Teléfonos (809) _______ y  (809) 283-0169, lugar donde  los comparecientes  hacen  formal elección de domicilio para los fines y consecuencias del Procedimiento de Divorcio, para que en su calidad de Abogada realice todos los trámites necesarios para el procedimiento del Divorcio por Mutuo Consentimiento de los comparecientes, y dicho Divorcio será conocido en la Cámara de lo Civil Para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Sito en la calle Socorro Sánchez No.68, Esq. Calle Santiago, del sector Gazcue, D.N., R.D. este poder es aceptado por dicha abogada, presente en estos momentos, el cual firma el presente acto en señal de aceptación; ASÍ LO DIJERON Y OTORGARON por ante mí, Notario Público, en testimonio de lo que antecede se redacta el presente acto, en presencia de las testigos señoras ORQUIDEA ROJA, dominicana, mayor de edad, casada, Ingeniera, Titular de la Cédula de identidad y electoral No. ------------- domiciliada y residente en la calle--------------, en la casa marcada con él número cuarenta y dos (42), sector ______________, municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, y transitoriamente en la ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional Y CLAVEL AMARILLO, dominicana, mayor de edad, soltera,  empleada privada, titular de la cédula de identidad y electoral No. _______________, domiciliada y residente  calle _____________, en la casa marcada con él número catorce (14), Sector ___________, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, y transitoriamente en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, testigos instrumentales requeridos al efecto, libres de tachas y excepciones, requeridos al efecto, persona a quienes doy fe, según lo estatuye la ley al cuál le he dado lectura en alta voz a los comparecientes, quienes después de encontrarlo conforme, proceden a firmarlo junto conmigo y ante mí, Notario Público; firmado también los testigos y el apoderado, antes indicados. Por lo cual Certifico y Doy Fe. Dicho documento fue firmado por los señores BERENGENA MORADA O Y ARROZ BLANCO Comparecientes, ORQUIDEA ROJA, CLAVEL AMARILLO Testigos y LIC. NOTARIO PÚBLICO, Notario Público Actuante; El presente acto fue registrado en el Ayuntamiento de Santo Domingo, Distrito Nacional , en el Libro Letra  ________, Registro No.________, de fecha ________ de __________ del Año Dos Mil Diecisiete(2017), Percibiéndose por derecho RD$200.00;
Del presente acto se expide la primera certificación, a solicitud de la PARTE INTERESADA;  En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los Nueve (09) días del mes de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017).






_____________________________
LIC. NOTARIO PUBLICO
Abogado-Notario- Público













13 Junio  2017


AL:                       OFICIAL DEL ESTADO CIVIL DE LA  ONCEAVA (11AVA)
                            CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL 

 ASUNTO:              SOLICITUD DE  TRANSCRIPCION DE SETENCIA QUE ADMITE  
                             EL  DIVORCIO  POR   MUTUO  CONSENTIMIENTO  DE  LOS
                             SEÑORES  BERENGENA MORADA Y  ARROZ BLANCO Y
                             PRONUNCIAMIENTO DE DICHO DIVORCIO. SETENCIA CIVIL
                             No. ______________ DE FECHA __________ DEL 2017 Y
                             RESOLUCION No._______ QUE  CORRIGE  LA  SENTENCIA
                             ________  DICTADA  POR  LA SEPTIMA   SALA   DE  LA
                             CAMARA  CIVIL Y  COMERCIAL  DEL JUZGADO DE PRIMERA
                             INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL PARA ASUNTOS DE
                             FAMILIA.

                

HONORABLE OFICIAL DEL ESTADO CIVIL:

La  suscrita,   Licda.  GRISELDA ALVAREZ BONILLA,   dominicana, mayor de edad, soltera, abogada de los tribunales de la República Dominicana, Matricula No. 55386-459-14,  titular de la cédula de identidad y electoral No. ___________, con estudio profesional abierto en calle __________l, en esta ciudad de santo domingo; Teléfonos (809) ___________ y  (809) 283-0169,  quien actúa a Nombre y Representación de los señores  BERENGENA MORADA y ARROZ BLANCO, de generales dominicanos, mayores de edad, titulares  de las cédulas de Identidad y Electoral Nos.  __________  y __________ respectivamente, domiciliados y residentes en la calle _____________l, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, y transitoriamente en la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional  y  Calle ___________, en el apartamento marcado con el número doscientos dos (h 202), sector__________, Santo Domingo, Distrito Nacional, respectivamente;  Por medio de la presente instancia tenemos a bien Solicitar lo Siguiente:

UNICO: Que Ordene se proceda a la TRANSCRIPCION en el Libro Correspondiente, de la Sentencia Civil  No. ______________ de fecha _______ de ___________l del Año 2017  y la Resolución No. __________ de fecha ________ de __________ del Año 2017 que corrige la referida Sentencia No. ____________ de ________ de ____________ del Año 2017, dictada por la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional para Asuntos de Familia, que admitió  el DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los Señores BERENGENA MORADA y ARROZ BLANCO  y se proceda asimismo al PRONUNCIAMIENTO de Dicho Divorcio, todo en virtud de la Sentencia antes indicada, anexada a la presente instancia.
ANEXO:
1)           Original Registrada de la  Sentencia Civil  No. _______ de fecha _______ de ______ del Año 2017, dictada por la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional para Asuntos de Familia

2)           Original Resolución No. _______ de fecha __________De______ del Año 2017 que corrige la Sentencia  No. _______ de Fecha _______ del Año 2017, dictada por la Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional para Asuntos de Familia

3)           Copia Compulsa Notarial del Acto Autentico No. 500/ 2017 Instrumentado por  el Lic. NOTARIO PUBLICO

En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana,   a los trece (13)  días del mes de Junio  del año Dos Mil Diecisiete (2017).



___________________________________________
LICDA. GRISELDA ALVAREZ BONILLA
Abogada
















PUBLICACIÓN DE DIVORCIO


En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 42 de la Ley No. 1306, Bis, del 12 de Junio de 1937, sobre Divorcio, se hace de público conocimiento,  lo siguiente: Que en fecha __________ del mes de________del año Dos Mil Diecisiete (2017), la  Séptima Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional en Materia de Familia, emitió la Sentencia Civil No. _______, referente al Expediente No.___________, asimismo en fecha  ________ del Año Dos Mil Diecisiete (2017) emitió la Resolución No_______ que corrige la referida Sentencia,  cuyo dispositivo ordena  lo siguiente:
FALLA:
PRIMERO: Declara regular y válida en cuanto a la forma la acción en Divorcio por Mutuo consentimiento intentada por los señores ARROZ BLANCO y BERENGENA MORADA, por haber sido hecha de acuerdo a la Ley.
SEGUNDO: En cuanto al fondo acoge las conclusiones presentadas por los esposos y en consecuencia:
a)    Declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los señores Arroz Blanco y Berengena Morada  , por su mutuo consentimiento de conformidad con el acto de convención y de estipulación de Divorcio No. 500/2017 instrumentado en fecha 06 de Marzo del Año 2017, por ante el Lic. Notario Público, Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, por los motivos expuestos.

TERCERO: Ordena al Oficial del Estado Civil correspondiente pronunciar el presente Divorcio.
Así se ordena, manda y firma: ____________, Juez Suplente. La presente Sentencia ha sido firmada por el Magistrado____________, el mismo día, mes y año señalado al inicio de la Misma, lo que certifico con mi firma y el sello del Tribunal. ____________, Secretario.
Así mismo se hace de conocimiento público  que en fecha______  del mes de _______ del año Dos Mil Diecisiete (2017), el Lic. ___________, Oficial del Estado Civil de la 11va. Circunscripción del Distrito Nacional, procedió a TRANSCRIBIR  la referida sentencia en el Libro No.___________ registros de Divorcio, bajo el Acta No. __________, Folio No. _______, del año Dos Mil Diecisiete (2017), efectuando así el PRONUNCIAMIENTO de dicho Divorcio
En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana,  a los __________ del mes de ________ del año Dos Mil Diecisiete (2017).
Licda. Griselda Alvarez Bonilla
ABOGADA





 

 

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