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16 de diciembre de 2022

SE PUEDA VIAJAR CON LA TARJETA DE RESIDENCIA VENCIDA?

 PUEDO VIAJAR CON MI TARJETA DE RESIDENCIA VENCIDA?



La Embajada de los Estados Unidos de América en Santo Domingo, ha colgado la siguiente información, para todos aquellos residentes que su tarjeta de residencia se ha vencido. 

style="text-align: justify;"> Si usted es un Residente Permanente Legal (LPR) quien ha estado fuera de los Estados Unidos por menos de un año, pero su tarjeta de residencia (Green Card) fue Perdida, robada o dañada, usted deberá aplicar para un documento de embarque, también conocido como “Boarding Foil.”

Si su tarjeta de residencia de 10 años está expirada, usted no necesita un documento de embarque. Las leyes de los Estados Unidos le permite viajar usando su tarjeta expirada junto a su pasaporte Dominicano, sin ninguna penalidad para la línea aérea. Debe recordar a las autoridades que esta información está localizada en la Guía de información para el transportista, creada por U.S Customs and Border Protection.

Si usted es un Residente Condicional con una tarjeta expirada, cuya validez sea de 2 años, usted necesitará evidencia que demuestre que sometió un I-751 y su residencia haya sido extendida durante el periodo de su viaje.

Para mas información, vaya a: Información para Residente Legal Permanente – Embajada de los Estados Unidos en la República Dominicana (usembassy.gov) 

También Puedes contactarme si requieres más información sobre el tema, así como cualquier otro tema Legal y/o Migratorio en el que requieras algún tipo de Información.

CARTA DE GARANTIA PARA FINES MIGRATORIOS

 

CARTA DE GARANTIA PARA FINES MIGRATORIOS

 

Suscrita por la Empresa GALBON CONSULTORES LEGALES, SRL, Registro Nacional de Contribuyente número 1320000 y Registro Mercantil número 160000SD,  con domicilio social  en la calle Primavera No. 25, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, debidamente representada por su Gerente el señor  QUIJOTE DE LA MANCHA dominicano, soltero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad y Electoral  número 00000000-0, domiciliado y residente en la ,  en la calle Constelación No. 10, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, por medio de la presente  firma y declaratoria de Carta de Garantía, ME HAGO GARANTE de la señora DULCINEA DEL TOBOSO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltera, titular del pasaporte venezolano No.000000, vigente hasta el  20 Abril del Año 2035, quien está solicitando ante el Departamento de Extranjería del Consulado  de la República Dominicana, en la República Bolivariana de  Venezuela y el  Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX), una  VISA DE NEGOCIOS MULTIPLE NM1;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;

Garantizo que la señora DULCINEA DEL TOBOSO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltera, titular del pasaporte venezolano No. 00000000, no permanecerá en la República Dominicana, más tiempo que el concedido por la Dirección General de Migración, dedicándose exclusivamente a la actividad por la cual le fue otorgado el visado. “Me hago moral y económicamente responsable del retorno de la señora antes citada a su país de origen, asumiendo pagar a favor del Estado Dominicano cualquier gasto en que dicha persona pueda incurrir durante su estancia en el país, o que se origine como consecuencia de su repatriación o deportación de la misma”. Carta de Garantía  instrumentada  en presencia  de las señoras FLOR DE LOTO, dominicana, mayor de edad, soltera, estudiante, titular de la Cédula de Identidad y Electoral número  000000000, domiciliada y residente en la   Calle Paralela , en la casa marcada con él número ciento veinte nueve (129),  Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, y ROSA ROJA, dominicana, mayor de edad, soltera, estudiante, titular  de la cédula de identidad y electoral número 00000000, domiciliada y residente en la calle azucena, en la casa marcada con el  número cuarenta y uno (41), Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, testigos instrumentales requeridos al efecto, libres de tachas y excepciones que establece la ley. Hecho y firmado en la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Nueve (09) días del mes de Diciembre del Año Dos Mil Veintidós (2022) ……………………………………

 

 

                ________________________________________________

QUIJOTE DE LA MANCHA

En Representación en su Calidad de Gerente de Empresa

GALBON CONSULTORES LEGALES, SRL


GARANTE

Cuadro de texto: “Viene del Anverso” 

 


                               ________________________________

FLOR DE LOTO

TESTIGO

 

 

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ROSA ROJA

TESTIGO

 

 

 

YO,  LICENCIADA NOTARIO PUBLICO,  Abogado Notario Público  de los del número Para el Distrito Nacional, Matricula número 0000  del Colegio Dominicano de Notarios, CERTIFICO Y DOY FE: Que las firmas escritas precedentemente han sido puestas  libre y voluntariamente por los señores QUIJOTE DE LA MANCHA, FLOR DE LOTO Y ROSA ROJA,  quienes me han declarado bajo la fe del juramento  que esas son las firmas que acostumbran a usar en todos los actos públicos y privados. Hecho y Firmado en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Nueve (09) días del mes de Diciembre del Año Dos Mil Veintidós (2022) …………………………………………………………………...

 

 

 

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 LICENCIADA NOTARIO PUBLICO

NOTARIO PÚBLICO

 

 

 

2 de junio de 2022

NUEVOS MECANISMOS DE COMUNICACION CON LA EMBAJADA DE USA EN LA REPUBLICA DOMINICANA

 

NUEVOS MECANISMOS DE COMUNICACION CON LA EMBAJADA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE  NORTEAMERICA EN LA REPUBLICA DOMINICANA



La Embajada de los Estados Unidos De Norteamérica E Anuncia Cambios En Los Mecanismo De Comunicación Con los Usuarios, mediante un post colgado en su pagina web, la embajada informa al público general,  que ha habilitado unos formularios de contacto donde los usuarios podrán comunicarse con la Embajada, para cualquier duda, pregunta, solicitar cualquier tipo de información o realizar cualquier notificación que deban realizar en la Embajada, esto con la finalidad de agilizar los tiempos de procesamientos de los diferentes procesos, por lo que es importante tener en cuenta, que ya no estarán habilitados los medios de comunicación tradicional, como el correo electronito que estabamos aconstumabrado a usar. A continuación el comunicado integro de la Embajada de los Estados Unidos En Santo Domingo:

A partir del 1 de julio de 2022, la Embajada de los Estados Unidos en Santo Domingo hará transición a una nueva forma de contacto para preguntas sobre visas. Nuestro antiguo correo SantoDomingoVisas@state.gov ya no estará activo. Le exhortamos a NO enviar sus preguntas a este correo, ya que su mensaje no será recibido.

 Para darle un mejor servicio, agilizar nuestros procesos, minimizar tiempos de espera y responder a sus preguntas de manera más eficiente, le pedimos utilizar nuestras nuevas formas de contacto que le presentamos a continuación:  

Para preguntas generales sobre procesos de visa favor de visitar:

https://www.ustraveldocs.com/do_es/index.html 

Para preguntas sobre un caso específico, actual o en proceso, de visa no inmigrante visite: https://do.usembassy.gov/visas/nonimmigrant-visas/nonimmigrant-visa-contact-form/  

Para preguntas sobre un caso específico, actual o en proceso, de visa inmigrante visite:

 https://do.usembassy.gov/visas/immigrant-visas/immigrant-visa-contact-form/  

Si usted sigue las instrucciones y provee información detallada, podremos identificar su duda con mejor exactitud y responder a su pregunta a la mayor brevedad posible. 

Si necesitas cualquier orientación adicional no dudes en contartarme.

14 de mayo de 2022

LA CIUDAD DE PETRA, UN DESTINO EXQUISITO

                             PETRA, SU  MISTICISMO Y MAJESTUSIDAD



La Ciudad de Petra fue fundada en el siglo Siete (07) A,C., Por los Edomitas, un territorio situado al suroeste de Judá, fue el territorio donde se establecieron Esaú y sus descendientes. ( Esau, gemelo de Jacob, hijo de Isaac, nieto  de Abraham).
La ciudad se ubica en el valle de Aravá, el cual se extiende desde el mar muerto hasta el golfo de Aqaba,  actualmente este territorio pertenece a Jordania. Esta ciudad esta tallada o esculpida  en piedra, es una verdadera obra de arte. La ciudad está enclavada dentro de unas gigantescas montañas de color rojo, lo que contribuye a potencializar el misticismo de esta mágica ciudad que parece sacada de un cuento de hadas. Se cree que la  ciudad de Petra fue construida en el mismo lugar donde nos narra la biblia que Moisés hizo brotar agua de la peña, con es solo golpe de su basculó.  32px;">La ciudad se menciona en el Antiguo Testamento con varios nombres, entre ellos Sela y Jocteel-Iocctel. Durante el éxodo, Moisés y los israelitas atravesaron el área de Petra. 
Petra fue en sus días de esplendor un importante puerto donde irremediablemente tenían que posar los pueblos o rutas caravaneros que comercializaban  con especias y otros productos provenientes de la India, Egipto, Siria  y otras ciudades de la región, lo que convirtió a petra en una ciudad prospera y donde algunos acaudalados señores de la época realizaron majestuosas construcciones que a pesar de haber permanecido pérdidas durante varios siglos, sobreviven en nuestros días.
En sentido General La Ciudad de Petra se caracteriza por sus majestuosas construcciones entre las que se sobresalen  los edificios del  Khazneh (el Tesoro) y el Deir (el Monasterio), entre otras.

En el siglo VII la ciudad de Petra fue ocupada por los Nabateos un antiguo pueblo Arameo, durante esta ocupación esta ciudad tuvo su mayor esplendor, en realidad fueron los nabateos que convirtieron a esta ciudad en una de las metrópolis más importante de su época.
Los Nabateos desplazaron a los edomitas poco  a poco de estas tierras, y convirtieron a Petra en la capital de su Reino.
Bajo la influencia y dominio de los Nabateos Petra fue el eje  central del comercio de especias de la región siendo este esplendido lugar una ciudad de paso para todos los comerciantes de la Región.
El Estilo Arquitectónico de Petra es impresionante reflejando la naturaleza cosmopolita de los nabateos, mostrando en sus majestuosas construcciones influencias grecorromanas y orientales.
Después de varios siglos de Esplendor alrededor de los años 64 y 63 A.C., los nabateos junto a la ciudad de Petra fueron conquistados y Dominados por el Imperio Romano al mando del General Pompeyo anexando así la ciudad al Imperio Romano. Bajo el Dominio del Imperio Romano, se le otorgo al Petra y al pueblo que la ocupaba ( los nabateos) cierta autonomía, obligándolos a pagarles impuestos a los romanos y a la protección de las fronteras de las tribus nómadas que interactuaban en el desierto.
Alrededor del Año 325 de la era cristiana el Emperador Constantino,  se convirtió al cristianismo  y permitió la libertad de cultos en el  del Imperio Romano, este acontecimiento tendría una influencia sobre la ciudad de petra, y al ser creado en el año 330 el imperio Romano de oriente, siendo Constantinopla la capital de este Imperio, la ciudad de Petra fue anexada como provincia a este Imperio.  Algunos años más tarde en el año 380 Teodosio con el Edicto de Tesalónica convierte el cristianismo en la religión oficial del Imperio Romano.
ms"; font-size: 12pt; line-height: 32px;">Petra continua siendo una ciudad prospera bajo el dominio y la influencia bizantina, hasta que en el año 363 de la era cristiana la ciudad fue parcialmente  destruida por un terremoto. No obstante este evento la ciudad de petra continuo existiendo durante varios siglos, en esta época varias de sus edificaciones fueron derribadas y reconstruidas, entre ellos iglesias y edificios públicos.
Posteriormente en el año 551, la ciudad de petra sufrió los embates y la furia de otro  terremoto, que destruyo la ciudad casi por completo, esta destrucción de la ciudad obligo a un cambio en las rutas comerciales de la época, la ciudad de petra fue perdiendo interés y así esta esplendorosa ciudad que una vez fuera un gran enclave en oriente quedo perdida en el olvido.
El esplendor de esta majestuosa ciudad fue vista de nuevo  por la humanidad en el año 1812 cuando un explorador de origen suizo, Johann Ludwig Burckhardt descubrió la ciudad, luego de haber estado perdida por varios siglos. Las excavaciones de la ciudad fueron iniciadas a principio del siglo XX  y aun no finalizan, se estima que aún queda el 80% por descubrir, pero los hallazgos realizados han sido extraordinarios, entre lo que podemos citar, templos, anfiteatros, tumbas, edificios entre otros. Los hallazgos arqueológicos han demostrado que Petra fue centro político y económico de gran importancia para el mundo de la época.
En 1985 la ciudad de Petra fue declarada por la UNESCO patrimonio de la humanidad desde el 7 de julio del 2007, pasó a formar parte de Las Nuevas Maravillas del Mundo Moderno.
Si te animas ir a Petra para llegar a la ciudad debes atravesar estrechas gargantas y el desfiladero de siq, el recorrido se puede hacer a pie ( dura aproximadamente una hora) , en burro o camello, quienes han tenido la suerte de verla no olvidan la impresión  de ver semejante maravilla. La mejor época para visitar Petra (y Jordania) es en otoño a partir de septiembre y en primavera, es cuando las temperaturas son algo más suaves. En verano las temperaturas habituales son más de 35 grados.
Si quieres viajar  desde República Dominicana y conocer esta mágica ciudad, Pregúntame los requisitos.




MODELO DE DECLARACION JURADA DE PRESENCIA FISICA

 

DECLARACION JURADA DE ASISTENCIA Y /O PRESENCIA FISICA

 


Quienes Suscriben, las Señoras DULCINEA DEL TOBOSO, dominicana,  mayor de edad, soltera, estudiante, titular de la cédula de identidad y electoral No.000-00000-0, domiciliada y residente en la calle Constelación de Orión en la casa marcado con el número ocho (08) , sector Vía Latea, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, y ROSA ROJA, dominicana, mayor de edad, soltera, estudiante, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. 000-000000-0, domiciliada y residente en la calle Constelación de Orión, en la casa marcada con el número ocho (8), del Sector Vía Latea, en la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, quienes me han DECLARADO DE MANERA FORMAL Y EXPRESA  Y BAJO LA FE DEL JURAMENTO lo siguiente::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::

style="text-align: justify;">

PRIMERO: Que  conocen al señor  QUIJOTE DE LA MANCHA, de nacionalidad Española, mayor de edad, casado, empleado Privado, titular del Pasaporte Español XXDDDD, con vigencia al 15 de Marzo del Año 2030, residente en España , y a la Señora AFRODITA LA DIOSA, dominicana, mayor de edad, casada, estudiante,  titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. 000-00000-0, domiciliada y residente en la calle Constelación de Orión, en la casa marcada con el número ocho (08) , del Sector Vía Latea, en la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;

SEGUNDO: Que en fecha Treinta(30) del mes Noviembre del Año Dos Mil Quince (2015), comparecieron  a la Oficialía del Estado Civil de la Sexta Circunscripción  del Distrito Nacional, en la República Dominicana, junto a los señores QUIJOTE DE LA MANCHA Y AFRODITA LA DIOSA  , de generales que constan, y quienes, después de cumplir con los requisitos necesarios para tales fines, Contrajeron MATRIMONIO CIVIL, este mismo día, en presencia de quienes suscriben, y ante el Oficial Civil Correspondiente, el Matrimonio fue inscrito en el Libro No. 00000 de Registros de MATRIMONIO CIVIL, Folio No. 0000, Acta No. 000000,  del Año 2015, en la Oficialía del Estado Civil de la Sexta Circunscripción del Distrito Nacional;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;

 

TERCERO: Quienes suscriben, fueron las únicas invitadas y Comparecientes y fungieron como testigos, por lo que dan fe, de la Celebración del Matrimonio entre QUIJOTE DE LA MANCHA Y AFRODITA LA DIOSA, y de su presencia en este lugar en la fecha indicada, según constan en el Registro de Matrimonio Correspondiente. Debido a que la Señora AFRODITA LA DIOSA, al momento de la Celebración del Matrimonio tenía un Embarazo de alto riesgo, y, no hubo otros invitados, ni celebraciones ostentosas con invitados,  se hicieron algunas fotos del Matrimonio con el celular del Señor QUIJOTE DE LA MANCHA,  pero lamentablemente este perdió su móvil, y no se pudieron recuperar las fotos,  y luego de que se oficiara el Matrimonio Civil, en el lugar antes indicado, quienes suscriben y los contrayentes se trasladaron al Restaurante Ondas del Mar  en el Municipio de Boca Chica, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana, para compartir  una comida familiar por motivo del  Matrimonio. Declaración Jurada de asistencia  a   Celebración de Matrimonio, hecha en presencia de las señoras: ASUZENA MORADA, dominicana, mayor de edad, soltera, estudiante, titular  de la cédula de identidad y electoral número 000-00000-0, domiciliada y residente en la calle  Aurora Boreal,  en la casa  marcada con el número  cuarenta y nueve (49), Sector Antartida , Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República  Dominicana, y FLOR DE LOTO, dominicana, mayor de edad, soltera, estudiante, titular  de la cédula de identidad y electoral número 000-00000-0, domiciliada y residente en la calle Árbol Verde,  en la casa marcada con el  número cuatro (04),sector Jardín del Edén, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, testigos instrumentales requeridos al efecto, libres de tachas y excepciones que establece la ley. Hecho y firmado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Veinticinco (25) días del mes de Octubre del Año Dos Mil Dieciséis  (2016)……………………………………………..........



DULCINEA DEL TOBOSO

DECLARANTE

 

 

_________________________

ROSA ROJA

DECLARANTE

 

 

____________________________________

ASUZENA MORADA

TESTIGO

 

 

______________________________________

FLOR DE LOTO

TESTIGO

 

 

YO

Calibri;">LICENCIADA NOTARIO PUBLICO,  Abogado Notario Público  de los del número Para el Distrito Nacional, Matricula número 0000  del Colegio Dominicano de Notarios, CERTIFICO Y DOY FE: Que las firmas escritas precedentemente han sido puestas  libre y voluntariamente por los señores, DULCINEA DEL TOBOSO, ROSA ROJA, ASUZENA MORADA Y FLOR DE LOTO,  quienes me han declarado bajo la fe del juramento  que esas son las firmas que acostumbran a usar en todos los actos públicos y privados. Hecho y Firmado en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veinticinco (25) días del mes de Octubre del Año Dos Mil Dieciséis  (2016)………………………………………………………….

 

 

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 LICENCIADA NOTARIO PUBLICO

NOTARIO PÚBLICO

 

25 de febrero de 2022

MODELO INSTANCIA DE SOLICITUD DE CORRECCION DE SENTENCIA

 

                INTANCIA DE SOLICITUD CORRECCION DE SENTENCIA



En el ejercicio profesional del Derecho es muy probable que cuando llevas un proceso legal,  por ante un tribunal, ya sea de forma administrativa o litigiosa, que al momento del tribunal emitir su fallo mediante sentencia esta presente algunos errores materiales, omisiones etc. En estos casos lo apropiado es solicitar ante el tribunal que emitio la sentencia una solicitud de corrección de setencia cuando dichos errores revisten cierta relevancia. En el ejemplo que presentamos a continuación, la setencia emitida, fue anulando un acto, en virtud, de que conforme lo consideró el tribunal,  violaba el articulo 31 númeral 6 de la ley 140-15, ya que conforme establece la ley los testigos deben ser de la jurisdicción del notario, de forma que esto se pueda probar, y que en el caso en custión los testigos solo tenian domicilio transitorio en la jurisdicción del notario. Sin embargo la setencia que fue emitida contenia errores tan grave como del nombre del notario y varias omisiones más, sustentado en estos argumentos o los que presente el caso, se procede a realizar la solicitud, y el tribunal esta obligado a fallar al respecto en un plazo de 10 dias laborables, que aveces se extienden mucho más, entonces luego de conocer de la solicitud el tribunal emite un auto de corrección de setencia, donde entonces podemos continuar con los siguientes pasos

style="line-height: normal; margin-bottom: 0cm;">


Santo Domingo, Distrito Nacional,

 República Dominicana

14 de Octubre 2021

 

AL:   AL HONORABLE MAGISTRADO QUE PRESIDE LA XXXX SALA  DE LA CAMARA DE LO CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL PARA ASUNTOS DE FAMILIA.-

 

ASUNTO: SOLICITUD CORRECCION DE SETENCIA CIVIL NUMERO 0000-2021-SSEN-0000 DE FECHA SEIS (06) OCTUBRE AÑO DOS MIL VEINTIUNO (2021).   EXPEDIENTE NO. 2021-00000

 

ABOGADA:        LICENCIADA GRISELDA ALVAREZ

                                                               

 

 

HONORABLE  MAGISTRADO (A)

La  suscrita, LICENCIADA  GRISELDA ALVAREZ BONILLA,   dominicana, mayor de edad, soltera, abogada de los tribunales de la República Dominicana, Matricula Número 0000-0000-14,  titular de la cédula de identidad y electoral número 000-0000000-0, con estudio profesional abierto en calle,  Vía Láctea número dos (2), Sector constelación,  Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, Teléfono (809) 283-0169, email: galbonconsultoreslegales@gmail.com transitoriamente  con domicilio Ad-Hoc en la oficina de la Notario Público, en esta ciudad de  Santo Domingo, Distrito Nacional,

República Dominicana; quien actúa en Nombre y Representación de los señores  DON QUIJOTE DE LA MANCHA y DULCINEA DEL TOBOSO, de generales dominicanos, mayores de edad, casados entre sí, titulares  de las cédulas de Identidad y Electoral Números  000-000000-0 y 000-000000-0 respectivamente, domiciliados y residentes en  la Calle Primavera  en la casa marcada con el número once (11), sector estaciones del año, Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana y transitoriamente  hace elección de domicilio  en la Oficina de la Notario Público, en la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana  y la Calle  Afrodita, en la casa marcada con el número Treinta y Seis(36), sector dioses del olimpo, Distrito Nacional, República Dominicana,  y quien hace elección de domicilio en la oficina de la Notario Público, respectivamente;  Por medio de la presente instancia tenemos a bien Solicitar la corrección de la Sentencia número 0000-2021- SSEN-000, de fecha seis (06) Octubre del Año Dos Mil Veintiuno(2021), correspondiente al  expediente marcado con el número 2021-000000: En virtud de que de que la misma contiene errores de fondo y de especial relevancia, en relación a la instrumentación del Acto Autentico  de estipulación y convenciones marcado con el número cuatro(4), folios siete(07), ocho(08) y nueve (09) fechado el día siete(07) del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021), no obstante el mismo haya sido declarado nulo por el honorable tribunal. A saber:

PRIMERO: El acto Autentico fue instrumento por la LICENCIADA  FLOR DE LOTO Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional, incorporada al colegio de Notarios con la Matrícula número 0000, sin embargo erróneamente se hace alusión en toda la  Sentencia número 0000-2021- SSEN-0000, que dicho acto fue instrumentado por la LICENCIADA GRISELDA ALVAREZ , y se omite el nombre de la LICENCIADA  FLOR DE LOTO, inclusive se le adjudica un número de matrícula de notario, a la Licenciada Alvarez, lo cual puede ser considerado una suplantación de identidad, toda vez que utilizar un documento  de identidad que no nos pertenece para ejercer una función a la que no estamos autorizado es un delito, y coloca a esta abogada en un posición de vulnerabilidad, toda vez,  que se ha emitido una sentencia sin los controles de rigor necesario y sin una debida auditoria, ya que  la Licenciada Griselda Alvarez Bonilla, es la abogada que representa las partes, no la Notario Público que instrumento el Acto.

SEGUNDO: En su dispositivo de fallo en su artículo primero establece: “Declara nulo el acto auténtico de estipulación  y convenciones No. 04/202, folio 7, de fecha 07 junio del año 2021, instrumentado por la Licda. Griselda Alvarez, notario público de los número del Distrito Nacional, por no cumplir con las disposiciones del 31 numeral 6 de la ley 140-15 del Notariado e instituye el colegio Dominicanos de Notarios”; en tal sentido existen varias omisiones, que incluyen el número de acto y los números de folio respectivamente, así como lo enunciado precedentemente sobre el nombre del notario actuante;

Por lo anteriormente expuesto se solicita lo siguiente:

UNICO: Que el Honorable tribunal corrija los errores correspondientes al nombre del Notario actuante LICENCIADA FLOR DE LOTO, con su correspondiente número de matrícula, así como las omisiones enunciadas en el articulo Segundo y en consecuencia dicte un auto de corrección de la sentencia civil número 0000-2021-SSEN-0000 de fecha seis (06) de Octubre del Año Dos Mil Veintiuno (2021)

 

Y HAREIS JUSTICIA

 

En la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, a los Catorce (14) días del mes de Octubre del Año Dos Mil Veintiuno (2021).

 

 

LICENCIADA GRISELDA ALVAREZ

ABOGADA

 

 

 

 

 

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