11 de agosto de 2021
LA ETERNA ROMA, UNA CIUDAD QUE CAUTIVA
25 de abril de 2021
JUNTA CENTRAL ELECTORAL NO PARTICIPARA EN PROCESOS DE ESTADO CIVIL DE INTERES PRIVADO
JUNTA CENTRAL ELECTORAL DECIDE NO PARTICIPAR EN PROCESOS DE ESTADO CIVIL DE INTERES PRIVADO
El Pleno de la Junta Central Electoral decidió no hacerse representar con abogados en los tribunales que estén conociendo casos de interés privado aun cuando se refieran o afecten actos de estado civil.
justify;">Mediante el acta No. 11-2021, correspondiente a su sesión ordinaria de fecha 30 de marzo del 2021, el organismo instruyó para “que en los casos de interés privado, reclamación o impugnación de filiación paterna/materna, posesión de estado o reconocimiento judicial, la Junta Central Electoral no tenga que hacerse representar por abogados ante los tribunales , a fin de poder hacer frente a las demandas de nulidad y validación de actos del estado civil, que sí son de interés de la institución para mantener la fidelidad del registro civil”.
Hasta la fecha de esa resolución, las partes que incoaban procesos de impugnación o reconocimiento de paternidad tenían que poner en causa a la Junta Central Electoral a pena de inadmisibilidad de sus demandas, lo que en lo adelante no será necesario.
La Junta Central Electoral ha dado a conocer esta noticia recientemente para todos los interesados. Aun no se ha colgado la citada Acta en el sitio web de la Junta .
12 de abril de 2021
CONTRATO DE PROMESA COMPRAVENTA DE INMUEBLE
4 de noviembre de 2020
NIÑOS MENORES DE 13 AÑOS PODRAN SOLICITAR VISA SIN ENTREVISTA
CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD PARA VISA SIN ENTREVISTA NIÑOS MENORES DE 13 AÑOS
La Sección Consular de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamerica, a traves de la sección Pregúntele al Cónsul a anunciado que ha ampliado el criterio de elegibilidad para la Renovación de Visa de no inmigrante sin entrevista, para incluir a niños menores de 13 años que soliciten visa por primera vez.
Requisitos Para la Solicitud de Visa De No Inmigrante Para Menores de 13 Años
Para calificar para una solicitud de visa sin entrevista, el menor deberá tener 13 años cumplidos o menos:
- Haber nacido en la República Dominicana o contar con un pasaporte dominicano
- Tener al menos, un padre o tutor que cuente con una visa válida o que esté renovando su visa al mismo tiempo que el menor.
- Presentar el certificado de nacimiento original legalizado y una copia de la visa válida de al menos uno de los padres.
- Ninguno de los padres puede ser ciudadano estadounidense o residente permanente legal.
- No califica para la solicitud de visa sin entrevista si le han negado alguna solicitud de visa previa.
En la actualidad la Embajada Americana permanece cerrada para asuntos rutinarios de visa que requieren entrevista. Estos servicios serán reanudado tan pronto las condiciones sanitarias lo permitan, por lo que debemos estar pendiente, ya que la Embajada se mantiene publicando avisos a través de pagina Web.
La información que antecede se encuentra colgada en el portal web de la Embajada.
Si quieres sacar la visa de no Inmigrante a tus hijos menores de 13 años Contactame!!
GALBON Tel. 809-283-0169
27 de agosto de 2020
MODELO DE INSTANCIA DIRIGIDA AL REGISTRADOR DE TITULO DE LA JI "CANCELACIÓN DE HIPOTECA CONVENCIONAL"
INSTANCIA SOLICITUD DE CANCELACIÓN Y RADIACIÓN DE HIPOTECA CONVENCIONAL
Santo Domingo, D.N.
25 Agosto 2019
Señores:
Dirección General de Registro de Títulos
Jurisdicción Inmobiliaria
Atn. Sr.
Registrador de Títulos
Ciudad. _
Distinguido
Señor:
Quien Suscribe, DULCINEA DEL TOBOSO dominicana, Mayor de edad,
soltera, de Profesión Educadora, titular de la Cédula de Identidad y Electoral
No. 000-0000000-00, domiciliado y residente en la Calle Constelación No. 25,
Sector Vía Láctea, en la ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional, República
Dominicana, mediante la presente tiene a bien solicitar ante la Dirección
General de Registro de Titulo del Distrito Nacional la CANCELACIÓN Y RADIACION DE HIPOTECA CONVENCIONAL a
favor de LA ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS, Acreedor
Hipotecario de quien Suscribe, conforme
contrato de préstamo hipotecario debidamente inscrito en fecha 28 de diciembre
del 2012, bajo el No. 1979, Folio No.000 , de los Libros de Inscripciones No.000, mediante la cual se otorgó en hipoteca,
para garantía de la indicada acreencia, en favor de LA ASOCIACION POPULAR
AHORROS Y PRESTAMOS, el siguiente
inmueble:
EL
SOLAR NO. 00 DE LA MANZANA NO. 0000, DEL DISTRITO CATASTRAL NO. , DEL MUNICIPIO
SANTO DOMINGO OESTE, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL
DE DOSCIENTOS NOVENTA (290) METROS CUADRADOS, NOVENTA Y UNO (91) DECIMETROS
CUADRADOS, LIMITADO: AL NORTE: SOLARES NO. 7 Y 8, AL ESTE: SOLAR NO. 10, AL
SUR:CALE, Y AL OESTE: SOLAR NO.
12.
AMPARADO EN EL CERTIFICADO DE TITULO NO. 00, LIBRO 000,
FOLIO 00.
En
Virtud de que quien suscribe, Ha pagado en
su totalidad a LA ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS el
monto de la acreencia garantizada con la hipoteca supraindicada y sus intereses,
solicito formalmente al Registrador de
Títulos del Departamento de Santo Domingo, a proceder a la cancelación y radiación de
dicha hipoteca.
Con
Gracias Anticipadas,
Sin
Otro Particular
DULCINEA
DEL TOBOSO
21 de agosto de 2020
CANCELACION DE UNA HIPOTECA CONVENCIONAL
ACTO
DE CANCELACIÓN DE HIPOTECA
Quien
suscribe, LICDA. ROSA ROJA, dominicana, mayor de edad, casada,
empleada privada, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 000-00000-0,
domiciliada y residente en esta ciudad, actuando en su calidad de
Encargada del Departamento de Administración de
Préstamos de LA ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS,
institución organizada y existente de conformidad con la Ley No. 5897, de fecha
14 de mayo de 1962, y sus modificaciones, con su domicilio social en la
calle Constelación No. 15, Sector Vía Láctea, Santo Domingo, República
Dominicana, entidad acreedora hipotecaria de la señora DULCINEA DEL
TOBOSO , conforme contrato de préstamo hipotecario debidamente
inscrito en fecha 28 de diciembre del 2012, bajo el No. 1979, Folio No.000 , de
los Libros de
Inscripciones No.000, mediante la cual se otorgó en hipoteca, para garantía de
la indicada acreencia, en favor de LA ASOCIACION POPULAR AHORROS Y
PRESTAMOS, el siguiente inmueble:
EL
SOLAR NO. 00 DE LA MANZANA NO. 0000, DEL DISTRITO CATASTRAL NO. , DEL MUNICIPIO
SANTO DOMINGO OESTE, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL
DE DOSCIENTOS NOVENTA (290) METROS CUADRADOS, NOVENTA Y UNO (91) DECIMETROS
CUADRADOS, LIMITADO: AL NORTE: SOLARES NO. 7 Y 8, AL ESTE: SOLAR NO. 10, AL
SUR:CALE, Y AL OESTE: SOLAR NO. 12. AMPARADO EN EL CERTIFICADO DE TITULO NO. 00, LIBRO 000,
FOLIO 00,--------------------------------------------------------
Habiendo
recibido LA ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS el monto
de la acreencia garantizada con la hipoteca supraindicada y sus intereses, en
mi aludida calidad doy finiquito y descargo en tal sentido, y autorizo
formalmente al Registrador de Títulos del Departamento de Santo Domingo, a
proceder a la cancelación y radiación de
dicha hipoteca.
En
la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a Siete
(7) días del mes de Agosto del año Dos Mil Diecinueve (2019).
__________________________________________
LICDA. ROSA ROJA
YO LICDO. NOTARIO PUBLICO,
Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, con estudio
Profesional abierto en la calle centauro. 6, Vía Láctea, de esta Ciudad de Santo
Domingo, Distrito Nacional, Certifico: que la firma que aparece al pie del
presente acto fue puesta libre y voluntariamente en mi presencia por la LICDA.
ROSA ROJA cuyas demás generales constan en el mismo, persona a quien
identificado por su cédula de identidad y electoral, la cual me declara bajo la
fe del juramento que esta es la firma que acostumbra a utilizar en todos sus
actos.
En Hecho de buena fe en tantos originales
como partes interesadas, en la ciudad y Municipio de Santiago, República Dominicana, a Siete (7) días del mes de Agosto del
año Dos Mil Diecinueve (2019).
____________________________
LICDO. NOTARIO PUBLICO
Notario Público No. 00000
9 de julio de 2020
LOS DOMINICANOS CON NUEVAS RESTRINCCIONES PARA VIAJAR A ITALIA
LOS DOMINICANOS CON NUEVAS RESTRICCIONES PARA ENTRAR A
ITALIA
Son Cinco Los Países Latinoamericanos, Brasil,
Chile, Panamá, Perú y República Dominicana, Vetados Por Italia, Relacionado al
Riesgo que Representan por El Auge del Covid 19.
A solo una semana en que la República Dominicana abrió
sus fronteras, puertos y aeropuertos, los dominicanos encuentran nuevas
limitaciones para viajar a Italia, debido al riesgo inminente por el Covid 19. La
magnitud de los contagios que se han registrados en los últimos días, y el
temor de la nación Europea a que se agudice la crisis sanitaria, de la cual se
han ido recuperando lenta y paulatinamente ha colocado al país en una lista de
varios países a los que la nación europea le ha limitado la entrada.
El ministro de Salud italiano, Roberto Speranza, ha firmado
una ordenanza, la cual está en proceso de publicación, que introduce desde la
fecha y hasta el 14 de Julio, nuevas restricciones para viajar desde y hacia Italia.
Entre las principales medidas contenidas en la
referida ordenanza se encuentra:
1)
La
Prohibición de entrada a Italia para aquellas personas que han permanecido /
transitado en uno de los siguientes países en los últimos 14 días: Armenia,
Bahrein, Bangladesh, Brasil, Bosnia y Herzegovina, Chile, Kuwait, Macedonia del
Norte, Moldavia, Omán, Panamá, Perú, República Dominicana.
2) Las excepciones a la prohibición son solo
ciudadanos europeos (UE, Schengen, Reino Unido, microstatos europeos) y sus
familiares que conviven (ascendentes y descendientes directos, cónyuges,
parejas estables, partes de la unión civil) con residencia registrada en Italia
desde una fecha anterior. Sin embargo, en cualquier caso, la obligación de
cuarentena se aplica a estos sujetos.
3) Suspensión de vuelos directos e indirectos desde
los países mencionados.
4) Adicionalmente todos aquellos que ingresen a Italia
deben completar el formulario de autocertificación que se publicará en los
sitios web institucionales de Farnesina .
Esta información ha sido colgada en el sitio web de la
embajada de Italia en Santo Domingo, Sin embargo no se especifica en qué
consistirá este formulario de autocertificación, si se refiere al mismo
documento que debían poseer los residentes en Italia, para poder salir de sus
casas durante la Pandemia.
Según lo expresado por el ministro de Salud de Italia
es la decisión mas prudente, luego de todos los sacrificios que han tenido que
hacer, luego de haber sido golpeado estrepitosamente por la Pandemia del Corona
virus,
Covid 19.
Italia Ha registrado en las ultimas 24 horas 229
nuevos contagios y 12 fallecidos, mientras que en la República Dominicana ha registrado
1202 nuevos contagios y 13 fallecidos. El primer caso confirmado de Covid 19 en
la República Dominicana fue un ciudadano italiano procedente de Milán, Italia,
y que luego de aproximadamente dos meses recluido en un Centro Hospitalario de
Republica Dominicana, logro superar la enfermedad. En la actualidad se desconoce
si “ COVITO” , seudónimo con el que fue identificado esta paciente, por su largo
proceso de recuperación se encuentra en República Dominicana, o si retorno a su
nación de Origen la Bella Italia.












