9 de enero de 2023
DHS Implementa Nuevos Procesos para Cubanos, Haitianos y Nicaragüenses y Elimina Límite Numérico para Venezolanos
16 de diciembre de 2022
SE PUEDA VIAJAR CON LA TARJETA DE RESIDENCIA VENCIDA?
PUEDO VIAJAR CON MI TARJETA DE RESIDENCIA VENCIDA?
La Embajada de los Estados Unidos de América en Santo Domingo, ha colgado la siguiente información, para todos aquellos residentes que su tarjeta de residencia se ha vencido.
style="text-align: justify;"> Si usted es un Residente Permanente Legal (LPR) quien ha estado fuera de los Estados Unidos por menos de un año, pero su tarjeta de residencia (Green Card) fue Perdida, robada o dañada, usted deberá aplicar para un documento de embarque, también conocido como “Boarding Foil.”
Si su tarjeta de residencia de 10 años está expirada, usted no necesita un documento de embarque. Las leyes de los Estados Unidos le permite viajar usando su tarjeta expirada junto a su pasaporte Dominicano, sin ninguna penalidad para la línea aérea. Debe recordar a las autoridades que esta información está localizada en la Guía de información para el transportista, creada por U.S Customs and Border Protection.
Si usted es un Residente Condicional con una tarjeta expirada, cuya validez sea de 2 años, usted necesitará evidencia que demuestre que sometió un I-751 y su residencia haya sido extendida durante el periodo de su viaje.
Para mas información, vaya a: Información para Residente Legal Permanente – Embajada de los Estados Unidos en la República Dominicana (usembassy.gov)
CARTA DE GARANTIA PARA FINES MIGRATORIOS
CARTA DE GARANTIA PARA FINES MIGRATORIOS
Suscrita por la Empresa GALBON CONSULTORES LEGALES, SRL, Registro Nacional de Contribuyente número
1320000 y Registro Mercantil número 160000SD, con domicilio social en la calle Primavera No. 25, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, debidamente
representada por su Gerente el señor QUIJOTE DE LA MANCHA dominicano, soltero, mayor de edad, titular
de la Cédula de Identidad y Electoral número 00000000-0, domiciliado y residente en la , en la calle Constelación No. 10, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, por medio de la presente firma y declaratoria de Carta de Garantía, ME HAGO GARANTE de la
señora DULCINEA DEL TOBOSO, de
nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltera, titular del pasaporte
venezolano No.000000, vigente hasta el 20 Abril del Año 2035, quien está solicitando
ante el Departamento de Extranjería del Consulado de la República Dominicana, en la República
Bolivariana de Venezuela y el Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX), una
VISA
DE NEGOCIOS MULTIPLE NM1;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;
Garantizo que la señora DULCINEA DEL TOBOSO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad,
soltera, titular del pasaporte venezolano No. 00000000, no permanecerá en la
República Dominicana, más tiempo que el concedido por la Dirección General de
Migración, dedicándose exclusivamente a la actividad por la cual le fue
otorgado el visado. “Me
hago moral y económicamente responsable del retorno de la señora antes citada a
su país de origen, asumiendo pagar a favor del Estado Dominicano cualquier
gasto en que dicha persona pueda incurrir durante su estancia en el país, o que
se origine como consecuencia de su repatriación o deportación de la misma”. Carta de Garantía instrumentada
en presencia de las señoras FLOR DE LOTO,
dominicana, mayor de edad, soltera, estudiante, titular de la Cédula de
Identidad y Electoral número
000000000, domiciliada y residente en la Calle Paralela , en la casa marcada con él
número ciento veinte nueve (129), Santo Domingo de Guzmán,
Distrito Nacional, República Dominicana, y ROSA ROJA, dominicana, mayor de
edad, soltera, estudiante, titular de la
cédula de identidad y electoral número 00000000, domiciliada y residente
en la calle azucena, en la casa marcada con el número cuarenta y uno
(41), Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República
Dominicana, testigos instrumentales requeridos al efecto, libres de tachas y
excepciones que establece la ley. Hecho y firmado en la Ciudad de Santo Domingo
de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Nueve (09)
días del mes de Diciembre del Año Dos Mil Veintidós (2022) ……………………………………
________________________________________________
QUIJOTE DE LA MANCHA
En Representación en su Calidad de Gerente de Empresa
GALBON CONSULTORES LEGALES, SRL
GARANTE
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FLOR DE LOTO
TESTIGO
_______________________________________
ROSA ROJA
TESTIGO
YO, LICENCIADA NOTARIO PUBLICO, Abogado Notario Público de los del número Para el Distrito Nacional,
Matricula número 0000 del Colegio
Dominicano de Notarios, CERTIFICO Y DOY
FE: Que las firmas escritas precedentemente han sido puestas libre y voluntariamente por los señores QUIJOTE DE LA MANCHA, FLOR DE LOTO Y ROSA ROJA, quienes me han declarado bajo la fe del
juramento que esas son las firmas que
acostumbran a usar en todos los actos públicos y privados. Hecho y Firmado en
la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la
República Dominicana, a los Nueve (09) días del mes de Diciembre del Año Dos
Mil Veintidós (2022) …………………………………………………………………...
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LICENCIADA NOTARIO PUBLICO
NOTARIO PÚBLICO
2 de junio de 2022
NUEVOS MECANISMOS DE COMUNICACION CON LA EMBAJADA DE USA EN LA REPUBLICA DOMINICANA
NUEVOS MECANISMOS DE COMUNICACION CON LA EMBAJADA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA EN LA REPUBLICA DOMINICANA
La Embajada de los Estados Unidos De Norteamérica E Anuncia Cambios En Los Mecanismo De Comunicación Con los Usuarios, mediante un post colgado en su pagina web, la embajada informa al público general, que ha habilitado unos formularios de contacto donde los usuarios podrán comunicarse con la Embajada, para cualquier duda, pregunta, solicitar cualquier tipo de información o realizar cualquier notificación que deban realizar en la Embajada, esto con la finalidad de agilizar los tiempos de procesamientos de los diferentes procesos, por lo que es importante tener en cuenta, que ya no estarán habilitados los medios de comunicación tradicional, como el correo electronito que estabamos aconstumabrado a usar. A continuación el comunicado integro de la Embajada de los Estados Unidos En Santo Domingo:
A partir del 1 de julio de 2022, la Embajada de los Estados Unidos en Santo Domingo hará transición a una nueva forma de contacto para preguntas sobre visas. Nuestro antiguo correo SantoDomingoVisas@state.gov ya no estará activo. Le exhortamos a NO enviar sus preguntas a este correo, ya que su mensaje no será recibido.
Para darle un mejor servicio, agilizar nuestros procesos, minimizar tiempos de espera y responder a sus preguntas de manera más eficiente, le pedimos utilizar nuestras nuevas formas de contacto que le presentamos a continuación:
Para preguntas generales sobre procesos de visa favor de visitar:
https://www.ustraveldocs.com/do_es/index.html
Para preguntas sobre un caso específico, actual o en proceso, de visa no inmigrante visite: https://do.usembassy.gov/visas/nonimmigrant-visas/nonimmigrant-visa-contact-form/
Para preguntas sobre un caso específico, actual o en proceso, de visa inmigrante visite:
https://do.usembassy.gov/visas/immigrant-visas/immigrant-visa-contact-form/
Si usted sigue las instrucciones y provee información detallada, podremos identificar su duda con mejor exactitud y responder a su pregunta a la mayor brevedad posible.
Si necesitas cualquier orientación adicional no dudes en contartarme.
14 de mayo de 2022
LA CIUDAD DE PETRA, UN DESTINO EXQUISITO
PETRA, SU MISTICISMO Y MAJESTUSIDAD
La Ciudad de Petra fue fundada en el siglo Siete (07) A,C., Por los Edomitas, un territorio situado al suroeste de Judá, fue el territorio donde se establecieron Esaú y sus descendientes. ( Esau, gemelo de Jacob, hijo de Isaac, nieto de Abraham).
Si te animas ir a Petra para llegar a la ciudad debes atravesar estrechas gargantas y el desfiladero de siq, el recorrido se puede hacer a pie ( dura aproximadamente una hora) , en burro o camello, quienes han tenido la suerte de verla no olvidan la impresión de ver semejante maravilla. La mejor época para visitar Petra (y Jordania) es en otoño a partir de septiembre y en primavera, es cuando las temperaturas son algo más suaves. En verano las temperaturas habituales son más de 35 grados.
MODELO DE DECLARACION JURADA DE PRESENCIA FISICA
DECLARACION JURADA DE ASISTENCIA Y /O PRESENCIA FISICA
Quienes Suscriben, las Señoras DULCINEA DEL TOBOSO, dominicana, mayor de edad, soltera, estudiante, titular
de la cédula de identidad y electoral No.000-00000-0, domiciliada y residente
en la calle Constelación de Orión en la casa marcado con el número ocho (08) ,
sector Vía Latea, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República
Dominicana, y ROSA ROJA,
dominicana, mayor de edad, soltera, estudiante, titular de la Cédula de
Identidad y Electoral No. 000-000000-0, domiciliada y residente en la calle Constelación de Orión, en la casa marcada con el número ocho (8), del Sector Vía Latea, en la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional,
República Dominicana, quienes me han DECLARADO DE MANERA FORMAL Y
EXPRESA Y BAJO LA FE DEL JURAMENTO lo siguiente::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::
PRIMERO:
Que conocen al señor QUIJOTE DE LA MANCHA, de nacionalidad Española, mayor de edad, casado, empleado Privado, titular del Pasaporte Español XXDDDD, con vigencia al 15 de Marzo del Año 2030, residente
en España , y a la Señora AFRODITA LA DIOSA, dominicana, mayor de edad, casada, estudiante, titular de la
Cédula de Identidad y Electoral No. 000-00000-0, domiciliada y residente en
la calle Constelación de Orión, en la casa marcada con el número ocho (08) , del Sector Vía Latea, en la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán,
Distrito Nacional, República Dominicana;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;
SEGUNDO: Que en fecha Treinta(30) del mes Noviembre del Año Dos Mil Quince (2015), comparecieron a la Oficialía del Estado Civil de la Sexta Circunscripción del Distrito Nacional, en la República Dominicana, junto a los señores QUIJOTE DE LA MANCHA Y AFRODITA LA DIOSA , de generales que constan, y quienes, después de cumplir con los requisitos necesarios para tales fines, Contrajeron MATRIMONIO CIVIL, este mismo día, en presencia de quienes suscriben, y ante el Oficial Civil Correspondiente, el Matrimonio fue inscrito en el Libro No. 00000 de Registros de MATRIMONIO CIVIL, Folio No. 0000, Acta No. 000000, del Año 2015, en la Oficialía del Estado Civil de la Sexta Circunscripción del Distrito Nacional;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;
TERCERO: Quienes suscriben, fueron las únicas invitadas y Comparecientes y fungieron como testigos, por lo que dan fe, de la Celebración del Matrimonio entre QUIJOTE DE LA MANCHA Y AFRODITA LA DIOSA, y de su presencia en este lugar en la fecha indicada, según constan en el Registro de Matrimonio Correspondiente. Debido a que la Señora AFRODITA LA DIOSA, al momento de la Celebración del Matrimonio tenía un Embarazo de alto riesgo, y, no hubo otros invitados, ni celebraciones ostentosas con invitados, se hicieron algunas fotos del Matrimonio con el celular del Señor QUIJOTE DE LA MANCHA, pero lamentablemente este perdió su móvil, y no se pudieron recuperar las fotos, y luego de que se oficiara el Matrimonio Civil, en el lugar antes indicado, quienes suscriben y los contrayentes se trasladaron al Restaurante Ondas del Mar en el Municipio de Boca Chica, Provincia de Santo Domingo, República Dominicana, para compartir una comida familiar por motivo del Matrimonio. Declaración Jurada de asistencia a Celebración de Matrimonio, hecha en presencia de las señoras: ASUZENA MORADA, dominicana, mayor de edad, soltera, estudiante, titular de la cédula de identidad y electoral número 000-00000-0, domiciliada y residente en la calle Aurora Boreal, en la casa marcada con el número cuarenta y nueve (49), Sector Antartida , Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, y FLOR DE LOTO, dominicana, mayor de edad, soltera, estudiante, titular de la cédula de identidad y electoral número 000-00000-0, domiciliada y residente en la calle Árbol Verde, en la casa marcada con el número cuatro (04),sector Jardín del Edén, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, testigos instrumentales requeridos al efecto, libres de tachas y excepciones que establece la ley. Hecho y firmado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los Veinticinco (25) días del mes de Octubre del Año Dos Mil Dieciséis (2016)……………………………………………..........
DULCINEA DEL TOBOSO
DECLARANTE
_________________________
ROSA ROJA
DECLARANTE
____________________________________
ASUZENA MORADA
TESTIGO
______________________________________
FLOR DE LOTO
TESTIGO
YO,
Calibri;">LICENCIADA NOTARIO PUBLICO, Abogado Notario Público de los del número Para el Distrito Nacional, Matricula número 0000 del Colegio Dominicano de Notarios, CERTIFICO Y DOY FE: Que las firmas escritas precedentemente han sido puestas libre y voluntariamente por los señores, DULCINEA DEL TOBOSO, ROSA ROJA, ASUZENA MORADA Y FLOR DE LOTO, quienes me han declarado bajo la fe del juramento que esas son las firmas que acostumbran a usar en todos los actos públicos y privados. Hecho y Firmado en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Veinticinco (25) días del mes de Octubre del Año Dos Mil Dieciséis (2016)………………………………………………………….
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LICENCIADA NOTARIO PUBLICO
NOTARIO PÚBLICO
25 de febrero de 2022
MODELO INSTANCIA DE SOLICITUD DE CORRECCION DE SENTENCIA
INTANCIA DE SOLICITUD CORRECCION DE SENTENCIA
En el ejercicio profesional del Derecho es muy probable que cuando llevas un proceso legal, por ante un tribunal, ya sea de forma administrativa o litigiosa, que al momento del tribunal emitir su fallo mediante sentencia esta presente algunos errores materiales, omisiones etc. En estos casos lo apropiado es solicitar ante el tribunal que emitio la sentencia una solicitud de corrección de setencia cuando dichos errores revisten cierta relevancia. En el ejemplo que presentamos a continuación, la setencia emitida, fue anulando un acto, en virtud, de que conforme lo consideró el tribunal, violaba el articulo 31 númeral 6 de la ley 140-15, ya que conforme establece la ley los testigos deben ser de la jurisdicción del notario, de forma que esto se pueda probar, y que en el caso en custión los testigos solo tenian domicilio transitorio en la jurisdicción del notario. Sin embargo la setencia que fue emitida contenia errores tan grave como del nombre del notario y varias omisiones más, sustentado en estos argumentos o los que presente el caso, se procede a realizar la solicitud, y el tribunal esta obligado a fallar al respecto en un plazo de 10 dias laborables, que aveces se extienden mucho más, entonces luego de conocer de la solicitud el tribunal emite un auto de corrección de setencia, donde entonces podemos continuar con los siguientes pasos
style="line-height: normal; margin-bottom: 0cm;">Santo Domingo,
Distrito Nacional,
República Dominicana
14 de Octubre 2021
AL: AL HONORABLE MAGISTRADO QUE PRESIDE LA XXXX
SALA DE LA CAMARA DE LO CIVIL Y
COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL PARA ASUNTOS
DE FAMILIA.-
ASUNTO: SOLICITUD CORRECCION
DE SETENCIA CIVIL NUMERO 0000-2021-SSEN-0000 DE FECHA SEIS (06) OCTUBRE AÑO DOS
MIL VEINTIUNO (2021). EXPEDIENTE NO.
2021-00000
ABOGADA: LICENCIADA GRISELDA ALVAREZ
HONORABLE MAGISTRADO (A)
La suscrita, LICENCIADA GRISELDA ALVAREZ
BONILLA, dominicana, mayor de edad,
soltera, abogada de los tribunales de la República Dominicana, Matricula Número
0000-0000-14, titular de la cédula de
identidad y electoral número 000-0000000-0, con estudio profesional abierto en
calle, Vía Láctea número dos (2), Sector
constelación, Municipio Santo Domingo
Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, Teléfono (809) 283-0169, email:
galbonconsultoreslegales@gmail.com transitoriamente con domicilio Ad-Hoc en la oficina de la
Notario Público, en esta ciudad de Santo
Domingo,
Distrito Nacional,
República Dominicana;
quien actúa en Nombre y Representación de los señores DON QUIJOTE DE LA MANCHA y DULCINEA DEL TOBOSO, de generales dominicanos, mayores de edad,
casados entre sí, titulares de las
cédulas de Identidad y Electoral Números
000-000000-0 y 000-000000-0 respectivamente, domiciliados y residentes
en la Calle Primavera en la casa marcada con el número once (11), sector estaciones del año, Municipio
Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana y
transitoriamente hace elección de
domicilio en la Oficina de la Notario
Público, en la Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República
Dominicana y la Calle Afrodita, en la casa marcada con el número Treinta y Seis(36), sector dioses del olimpo, Distrito Nacional,
República Dominicana, y quien hace
elección de domicilio en la oficina de la Notario Público, respectivamente; Por medio de la presente instancia tenemos a
bien Solicitar la corrección de la Sentencia número 0000-2021- SSEN-000, de fecha
seis (06) Octubre del Año Dos Mil Veintiuno(2021), correspondiente al expediente marcado con el número 2021-000000:
En virtud de que de que la misma contiene errores de fondo y de especial
relevancia, en relación a la instrumentación del Acto Autentico de estipulación y convenciones marcado con el
número cuatro(4), folios siete(07), ocho(08) y nueve (09) fechado el día
siete(07) del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021), no obstante el
mismo haya sido declarado nulo por el honorable tribunal. A saber:
PRIMERO:
El acto Autentico fue instrumento por la LICENCIADA FLOR DE LOTO Notario Público de los del Número para el Distrito Nacional,
incorporada al colegio de Notarios con la Matrícula número 0000, sin embargo
erróneamente se hace alusión en toda la
Sentencia número 0000-2021- SSEN-0000, que dicho acto fue instrumentado
por la LICENCIADA GRISELDA ALVAREZ , y se omite el nombre de la LICENCIADA FLOR DE LOTO, inclusive
se le adjudica un número de matrícula de notario, a la Licenciada Alvarez, lo
cual puede ser considerado una suplantación de identidad, toda vez que utilizar
un documento de identidad que no nos
pertenece para ejercer una función a la que no estamos autorizado es un delito,
y coloca a esta abogada en un posición de vulnerabilidad, toda vez, que se ha emitido una sentencia sin los
controles de rigor necesario y sin una debida auditoria, ya que la Licenciada Griselda Alvarez Bonilla, es la
abogada que representa las partes, no la Notario Público que instrumento el
Acto.
SEGUNDO:
En su dispositivo de fallo en su artículo primero establece: “Declara nulo
el acto auténtico de estipulación y
convenciones No. 04/202, folio 7, de fecha 07 junio del año 2021, instrumentado
por la Licda. Griselda Alvarez, notario público de los número del
Distrito Nacional, por no cumplir con las disposiciones del 31 numeral 6 de la
ley 140-15 del Notariado e instituye el colegio Dominicanos de Notarios”; en
tal sentido existen varias omisiones, que incluyen el número de acto y los
números de folio respectivamente, así como lo enunciado precedentemente sobre
el nombre del notario actuante;
Por lo anteriormente
expuesto se solicita lo siguiente:
UNICO:
Que el Honorable tribunal corrija los errores correspondientes al nombre del
Notario actuante LICENCIADA FLOR DE LOTO, con su
correspondiente número de matrícula, así como las omisiones enunciadas en el
articulo Segundo y en consecuencia dicte un auto de corrección de la sentencia civil
número 0000-2021-SSEN-0000 de fecha seis (06) de Octubre del Año Dos Mil Veintiuno
(2021)
Y
HAREIS JUSTICIA
En la Ciudad de Santo
Domingo, Distrito Nacional, a los Catorce (14) días del mes de Octubre del Año
Dos Mil Veintiuno (2021).
LICENCIADA
GRISELDA ALVAREZ
ABOGADA














