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19 de septiembre de 2017

PROCEDIMIENTO PARA  DISOLVER Y LIQUIDAR UNA SOCIEDAD COMERCIAL EN REP. DOM.


Existen Diferentes pasos que se deben dar al momento de Disolver y Liquidar una Sociedad, en este artículo le presentaremos los tres primeros pasos tendente a disolver y liquidar una sociedad.


PASO No. 1
Conveniencia de Disolver y Liquidar la Sociedad



GALBON, SRL
CAPITAL SOCIAL AUTORIZADO: RD$ 100,000.00
CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO: RD$ 100,000.00
DOMICILIO SOCIAL: Av. ___________, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana.
Registro Mercantil: 00000SD
RNC: 00000000


INFORME QUE PRESENTA  UNO DE LOS GERENTES DE GALBON, SRL A LOS SOCIOS DE DICHA SOCIEDAD, SOBRE LA CONVINIENCIA DE DISOLVER Y LIQUIDAR LA MISMA.

Señores Socios:

Es de su conocimiento que originalmente la sociedad fue constituida a los fines de desarrollar actividades de  venta, distribución, importación y exportación de repuestos, baterías,  accesorios y afines para vehículos, motores y electrodomésticos, por lo que, y a dichos fines, los socios fundadores hicieron sus aportes en metálico. Al día de hoy  la sociedad no ha podido desarrollar el objeto social para el cual fuera fundada debido a circunstancias adversas y obstáculos difíciles de sortear, no obstante los esfuerzos que tanto la gerencia como los socios han realizado a los fines de sostener la dinámica económica de la sociedad. Sin embargo cabe destacar que aunque la sociedad no ejecute negocios, tiene la obligación tributaria de presentar declaraciones para el pago de los impuestos correspondiente  y pagar a profesionales competentes para que preparen dichas declaraciones o informes contables, lo que resultaría negativo a los intereses de la sociedad. Además los negocios emprendidos por la sociedad no se han desarrollado con las expectativas que fueron concebidos y al día de hoy creemos que lo más conveniente  es disolver la sociedad y así evitar que el patrimonio se desvanezca en pago de impuestos, costos operativos y otros accesorios que hacen insostenible el mantener sin operaciones la sociedad. Esta situación puede ser comprobada por ustedes verificando los libros contables que lleva la sociedad y los cuales siempre han estado a su entera disposición.
En tal virtud creemos prudente que la Asamblea  General se reúna de manera extraordinaria lo antes posible, con el propósito de proponer la conveniencia de la disolución anticipada de la sociedad y de la liquidación definitiva de la misma, así como la designación del o de los liquidadores de la sociedad.
En caso de que se acojan las propuestas indicadas en el párrafo anterior, proponemos a ustedes que la Junta General que conozca sobre la misma, fije además de lo anteriormente expresado , la fecha de la liquidación definitiva de la sociedad y conozca sobre la cancelación por  ante la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, Inc., del Certificado de Registro de esta sociedad en dicho Organismo y de la cancelación del Registro Nacional de Contribuyentes por ante la Dirección General de Impuestos Internos.
Sugerimos, así mismo que se adopten todas las medidas y resoluciones que sean necesarias o convenientes a tales fines.
Esperamos que ustedes ponderen las proposiciones consignadas más arriba, ya que al hacerlas solo nos ha movido el interés de la sociedad.
En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, al primer (1ro) día del mes de Agosto del Año  Dos Mil Dieciséis (2016).

_______________________________________
FLOR DE LOTO
GERENTE- SOCIA


PASO No. 2
Informes de los Gerente sobre su Gestión


GALBON, SRL
CAPITAL SOCIAL AUTORIZADO: RD$ 100,000.00
CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO: RD$ 100,000.00
DOMICILIO SOCIAL: Av. ___________, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana.
Registro Mercantil: 00000SD
RNC: 00000000


INFORME DE LOS GERENTES



Santo Domingo, Rep. Dom.
05 Agosto de 2016


Señores:
Socios de la compañía  GALBON, S. R. L.
Ciudad.

Asunto:   Informe Relativo A La Gestión De La Administración

Distinguidos Señores:

En cumplimiento de los Estatutos Sociales de la sociedad y en virtud de la Resolución emitida en la Asamblea General Ordinaria Anual correspondiente al año 2015, mediante la cual fuimos elegidos como Gerentes de la sociedad, GALBON, SRL, tenemos a bien presentar los Estados Financieros auditados, así como la documentación necesaria incluyendo, de manera especial, la opinión sobre los Estados  Financieros de los Contadores de esta entidad, en relación con las operaciones comerciales correspondientes al ejercicio social  cortado al día 31 Julio 2016. Dichos estados financieros son el resultado de las operaciones comerciales realizadas hasta la fecha indicada, así como el estado de la situación financiera de la sociedad.



Agradeciéndoles la confianza que tuvieron al designarme como Gerente de la sociedad, me reitero a su entera disposición para aportarles cualquier información adicional que ustedes consideren necesaria en relación con el informe que ahora someto a su consideración.




___________________________________
FLOR DE LOTO
GERENTE



_____________________________________
ARBOL VERDE
GERENTE


______________________________
ROSA ROJA
GERENTE


                PASO No. 3
Primera Asamblea General Extraordinaria que Aprueba la Disolución y Liquidación de la Sociedad


GALBON, SRL
CAPITAL SOCIAL AUTORIZADO: RD$ 100,000.00
CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO: RD$ 100,000.00
DOMICILIO SOCIAL: Av. ___________, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana.
Registro Mercantil: 00000SD
RNC: 00000000



ACTA DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE LA SOCIEDAD GALBON, SRL
DE FECHA 10 AGOSTO AÑO 2016
QUE APRUEBA LA  DISOLUCION Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD

Acta Número  Uno  (01) / 2016

Acta de la Asamblea General Extraordinaria de la Sociedad Denominada  GALBON, SRL, con asiento social  en la _________, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, con un Capital Social de RD$ Cien Mil Pesos (RD$100,000.00)  dividido en Un Mil ( 1000) Cuotas Sociales de Cien Pesos Dominicanos ( RD$ 100.00) cada una.

El día Diez (10) Días  del Mes de Agosto del Año Dos Mil Dieciséis (2016), siendo las 2:00 P.M
Los Socios  de la Sociedad que se denomina GALBON, SRL, señores  FLOR DE LOTO, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No.___________, domiciliada en el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, poseedora  de QUINIENTAS (500) CUOTAS SOCIALES; ARBOL VERDE, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. ________, domiciliado en Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, poseedor de TRESCIENTOS VIENTE (320) CUOTAS SOCIALES;  ROSA ROJA, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. ________, domiciliada en el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, poseedora de CIENTO OCHENTA (180) CUOTAS SOCIALES, se reúnen en el domicilio social sito en la avenida____________Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana, con el objeto de celebrar esta Asamblea General Extraordinaria sin necesidad de convocatoria por estar todos los socios presentes.
Acto seguido la Señora FLOR DE LOTO,  asumió la presidencia de la asamblea y expuso que al estar presente todos los propietarios de las cuotas sociales, existía el quórum necesario para esta deliberar, decidir y tomar resoluciones validas sobre los asuntos de su competencia y de acuerdo  con el orden del día, tal como se indica a continuación.
1)    Aprobar la validez de la Asamblea para sesionar como Asamblea General Extraordinaria.
2)    Conocer sobre la disolución anticipada de la sociedad.
3)    Nombramiento del o los liquidadores de la sociedad y otorgamiento a su favor de los poderes correspondientes.
4)    Fijación de la fecha para realizar la liquidación definitiva de la sociedad.
5)    Determinación en relación de la remuneración del o los liquidadores.
6)    Cancelación del Certificado de Registro Mercantil de la Sociedad por ante la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, inc.
7)    Cancelación del Certificado del Registro Nacional de Contribuyentes de la Sociedad en la Dirección General de Impuestos Internos.
8)    Del Otorgamiento de poderes para hacer los depósitos y publicaciones prescritos por la ley.
9)    Adopción de cualquier resolución relacionada directa o indirectamente con la disolución de la sociedad y votación de cualquier resolución accesoria.
Igualmente la presidente de la Asamblea comprobó, lo cual fue corroborado a unanimidad por los socios concurrentes, que los motivos de la convocatoria para la presente asamblea fueron ampliamente expuestos de manera verbal y que todos coinciden con el Orden del Día  más arriba indicado, declarando y aceptando todos los socios concurrentes que los documentos relacionados con el Orden del Día, a saber:
a)    Informe de los Gerentes sobre la necesidad de  disolver la sociedad, de fecha 1ro. (01) de Agosto del año Dos mil Dieciséis (2016)
b)    Informe de rendición de Cuentas de los Gerentes cortado al 31 Julio 2016
c)    Estatutos sociales
d)    Lista de los Socios Actuales certificada por los Gerentes
e)    Los proyectos de las resoluciones que serán sometidas a la Asamblea.

A continuación  la presidente de la Junta puso a disposición de los socios  los siguientes documentos:
a)    Un ejemplar de los estatutos sociales;
b)    Un ejemplar del inventario contentivo de todo activo y pasivo de la sociedad;
c)    Los libros de contabilidad de la sociedad;
d)    Informe de los Gerentes sobre la propuesta de disolución
e)    Informe de Rendición de Cuentas
f)     El Certificado de Registro Mercantil por ante la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, Inc.;
g)    El Certificado  de Registro Nacional de Contribuyentes expedido a nombre de la sociedad por la Dirección General de Impuestos Internos.

Inmediatamente después, la presidente de la Junta invitó a los socios a examinar los documentos y libros expuestos en la mesa de trabajo y declaró  que estaba a disposición de los socios para suministrarles los datos e informes que desearen.
A petición formulada, la presidente de la Junta leyó  el informe suscrito por los Gerentes sobre los puntos del orden del día, el cual textualmente dice así;

INFORME QUE PRESENTAN LOS GERENTES DE GALBON, SRL, A LOS SOCIOS DE DICHA SOCIEDAD, SOBRE LA CONVENIENCIA DE  DISOLVER Y LIQUIDAR LA MISMA.

Señores Socios:

Es de su conocimiento que originalmente la sociedad fue constituida a los fines de desarrollar actividades de  venta, distribución, importación y exportación de repuestos, baterías, accesorios y afines para vehículos, motores y electrodomésticos, por lo que, y a dichos fines, los socios fundadores hicieron sus aportes en metálico. Al día de hoy  la sociedad no ha podido desarrollar el objeto social para el cual fuera fundada debido a circunstancias adversas y obstáculos difíciles de sortear, no obstante los esfuerzos que tanto la gerencia como los socios han realizado a los fines de sostener la dinámica económica de la sociedad. Sin embargo cabe destacar que aunque la sociedad no ejecute negocios, tiene la obligación tributaria de presentar declaraciones para el pago de los impuestos correspondiente  y pagar a profesionales competentes para que preparen dichas declaraciones o informes contables, lo que resultaría negativo a los intereses de la sociedad. Además los negocios emprendidos por la sociedad no se han desarrollado con las expectativas que fueron concebidos y al día de hoy creemos que lo más conveniente  es disolver la sociedad y así evitar que el patrimonio se desvanezca en pago de impuestos, costos operativos y otros accesorios que hacen insostenible el mantener sin operaciones la sociedad. Esta situación puede ser comprobada por ustedes verificando los libros contables que lleva la sociedad y los cuales siempre han estado a su entera disposición.
En tal virtud creemos prudente que la Asamblea  General se reúna de manera extraordinaria lo antes posible, con el propósito de proponer la conveniencia de la disolución anticipada de la sociedad y de la liquidación definitiva de la misma, así como la designación del o de los liquidadores de la sociedad.
En caso de que se acojan las propuestas indicadas en el párrafo anterior, proponemos a ustedes que la Junta General que conozca sobre la misma, fije además de lo anteriormente expresado , la fecha de la liquidación definitiva de la sociedad y conozca sobre la cancelación por  ante la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, Inc., del Certificado de Registro de esta sociedad en dicho Organismo y de la cancelación del Registro Nacional de Contribuyentes por ante la Dirección General de Impuestos Internos.
Sugerimos, así mismo que se adopten todas las medidas y resoluciones que sean necesarias o convenientes a tales fines.
Esperamos que ustedes ponderen las proposiciones consignadas más arriba, ya que al hacerlas solo nos ha movido el interés de la sociedad.

En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, al primer (1ro) día del mes de Agosto del Año  Dos Mil Dieciséis (2016).



______________________________________
FLOR DE LOTO
GERENTE- SOCIA




A seguidas y a solicitud presentada, la Presidencia de la Asamblea dio lectura al Informe de Rendición de Cuentas de los Gerentes cortado al 31 de Julio de 2016. Una vez realizada la lectura de dicho Informe la Presidencia de la Asamblea solicito a los presentes presentar objeciones, si la tenían, y no habiendo objeciones, los socios, a unanimidad aprobaron dicho informe de rendición de cuentas de los Gerentes cortado al 31 de Julio 2016.
Los socios manifestaron que estaban lo suficientemente ilustrado respecto a los puntos del orden del día de la Junta General Extraordinaria. En seguida la Presidencia declaró cerrada la discusión y sometió a votación sucesivamente las siguientes resoluciones:
PRIMERA RESOLUCION
La Asamblea General Extraordinaria de la Sociedad comercial GALBON, SRL, resuelve ordenar la disolución y liquidación de la sociedad, con todas sus consecuencias legales, según lo establecido en los Estatutos Sociales y en la Ley 479-08 y sus modificaciones,  disolución  y liquidación que se encuentra motivada en la imposibilidad de desarrollar el objeto social de la misma, debido a las circunstancias adversas  que cohabitan en el  mercado de Repuestos de Vehículos , Baterías y electrodomésticos en la República Dominicana, considerando  la lentitud en la rotación del inventario y los pocos márgenes de beneficios que ofrecen dichos productos frente a los altos  costos operativos, los que resultan inversamente proporcional, y no le permiten a la sociedad desarrollar el objeto para el que fue creado,  en adición  a lo enunciado anteriormente consideran los socios que esta actividad ofrece pocas oportunidades de negocios y que mantener activa la sociedad genera cargos impositivos y costos operativos que se hacen insostenible cubrir sin contar con ingresos suficientes de actividades comerciales adecuadas al objeto social.
La anterior resolución fue sometida a votación y resulto aprobada a unanimidad de votos  y sin abstenciones.

SEGUNDA RESOLUCION

La Asamblea General Extraordinaria de la Sociedad GALBON, SRL, resuelve designar, como al efecto designa a los señores  ARBOL VERDE Y ROSA ROJA, para que actúen  como liquidadores, quienes en tales calidades estarán investido de los siguientes poderes, los cuales serán simplemente enunciativos: a) Suscribir conjuntamente con los Gerentes, el inventario y  balance de la sociedad al tiempo de comenzar sus funciones con referencia al día en que se inicie la liquidación; b)  Llevar y custodiar los asientos contables y registros sociales de la sociedad y velar por la integridad de su patrimonio; c)  Realizar aquellas operaciones comerciales pendientes y las nuevas que sean necesarias para la liquidación de la sociedad; d)  Enajenar los bienes sociales o realizar los activos; e) Percibir los créditos en cuantía necesaria para satisfacer a los acreedores; f) Concertar transacciones  sobre derechos litigiosos y arbitrajes cuando así convenga a los intereses sociales; g) Pagar a los acreedores ateniéndose a las normas que se establecen en los estatutos o la ley; h) Convocar una última Asamblea General Extraordinaria de Socios, en el marco de la cual presentaran un informe sobre sus gestiones u operaciones liquidadoras; y i) Asumir en lo sucesivo la representación  plena de la sociedad en liquidación para todos los actos inherentes a sus funciones.
Los señores ARBOL VERDE Y ROSA ROJA, presente en esta Asamblea manifestaron aceptar las funciones de liquidadores, las cuales no serán remuneradas.
La anterior resolución  fue sometida a votación  y resulto aprobada a unanimidad y sin abstenciones.



TERCERA RESOLUCION
La Asamblea General Extraordinaria de la sociedad comercial GALBON, SRL, decide ordenar a los liquidadores designados anteriormente, presentar a la Asamblea General Extraordinaria, debidamente convocada por ellos, un informe sobre las cuentas de la sociedad, al igual que su rendición de cuentas, con el objeto de decidir sobre la cuenta definitiva de la sociedad y otorgar, si procediese, descargo a los mismos y contratar la clausura de la liquidación en virtud de lo que dispone el artículo 417 de la ley No. 479-08. El referido informe y la rendición de cuentas deberán ser presentadas a la Asamblea que sea convocada para ello dentro de los treinta (30) días de la fecha de esta Asamblea.
Con el fin de que cada socio esté debidamente enterado, los liquidadores entregaran una copia de los indicados documentos con, por lo menos quince (15) días de anticipación a la fecha de la indicada Asamblea.
Se le otorgan los poderes a los liquidadores para depositar en el Registro Mercantil los documentos relativos a la disolución de la sociedad y a su nombramiento, consignados en la presente acta; y para que dentro del mes de su designación, publiquen en un periódico de amplia circulación nacional un extracto de dichos documentos, en cumplimiento al articulo 413 de la Ley No. 479-08.
A continuación, la Gerente leyó su informe de rendición de cuentas cortado al 31 de Julio del Año 2016. Una vez terminada la lectura, la Gerente pregunto a los socios, si tenían algunas observaciones o reparos, a cuya invitación ninguno de ellos respondió, dando tacita aceptación a su contenido, por lo que inmediatamente sometió a votación  estas resoluciones.
La  anterior resolución fue sometida a votación y resulto aprobada a unanimidad y sin abstenciones.


CUARTA RESOLUCION
La Asamblea General Extraordinaria de la sociedad comercial GALBON, SRL, da  descargo y  finiquito a los Gerentes, señores  FLOR DE LOTO, ARBOL VERDE  Y ROSA ROJA, por su gestión iniciada en fecha  Quince (15) de Octubre del Año 2016 y que culmina el día de hoy. Igualmente se  les releva de sus funciones de manera definitiva en atención  a lo dispuesto en el artículo 410 de la ley No. 479-08.
La anterior resolución fue sometida a votación  y resulto aprobada a unanimidad  y sin abstenciones.

QUINTA RESOLUCION

La Asamblea General Extraordinaria declara y reconoce, que  de acuerdo con los registros y libros de contabilidad de la sociedad, no aparece suma o inversión  alguna, a ningún título y por ningún concepto, incluyendo depósitos de cualquier tipo, que pertenezca a terceros, por lo que, la presente sociedad ni sus liquidadores únicos , tendrán que entregar valor ni inversión alguna por dichos conceptos a ninguna persona y / o institución, con excepción  de las inversiones en cuotas sociales que corresponden a los socios de la misma.
Esta resolución fue sometida a votación de los accionistas presentes y resulto aprobado a unanimidad y sin abstenciones.
No habiendo más nada que tratar, la presidente de la Junta declaró cerrada la sesión  a las cinco de la tarde (5.00 PM)  de este mismo día, mes y año.
Finalmente la presidente  otorgó la palabra a los presentes, para el caso de que tuvieran algo que aportar a la Asamblea y no habiendo hecho nadie más uso de la palabra, la presidente declaró clausurado esta Asamblea General Extraordinaria de GALBON, SRL, en el día, mes y año que se indican en el encabezado y en fe de lo cual se ha redactado la presente acta, que después de leída y aprobada fue firmada por todos los presentes en señal de aceptación y conformidad de su contenido, de acuerdo con las previsiones y dispensas previstas en los Estatutos Sociales.


__________________________________
FLOR DE LOTO
SOCIA- GERENTE


_______________________________________
ARBOL VERDE
SOCIO-GERENTE Y LIQUIDADOR DESIGNADO



______________________________________
ROSA ROJA
SOCIA-GERENTE Y LIQUIDADORA DESIGNADA









18 de septiembre de 2017

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE SOCIEDADES COMERCIALES  EN LA REPUBLICA DOMINICANA


LA DISOLUCIÓN de una sociedad se puede definir como el  acto jurídico mediante el cual una sociedad comercial suspende sus actividades y se determina su extinción, entrando  en un proceso para la liquidación de la misma y el  cierre definitivo de sus operaciones, debido a su incapacidad legal para el cumplimiento de los objetivos para los que fue creada.

Según la ley 479-08, la ley que rige las sociedades comerciales en la República Dominicana, Las Sociedades entraran en Liquidación desde el mismo momento de su Disolución, por cualquier causa que sea. La ley establece que la denominación social  deberá estar seguida de la mención “Sociedad en Liquidación”.

Según el Artículo 409 de la referida ley las sociedades conservaran su personalidad Moral para las necesidades de la Liquidación, hasta la clausura definitiva de la sociedad. La Disolución de la sociedad solo producirá efectos respecto de los terceros, a partir de la inscripción de Asamblea General Extraordinaria que disponga la disolución en el Registro Mercantil.


La ley estipula que desde que la sociedad entra en el proceso de liquidación,  los administradores cesaran en sus funciones de representación de la sociedad para hacer nuevos contratos y contraer nuevas obligaciones, estas funciones serán asumidas por los liquidadores de la sociedad. Sin Embargo los antiguos administradores, si fuesen requeridos, deberán cooperar para las operaciones de liquidación de la sociedad.

LA LIQUIDACION es el conjunto de actos que debe realizar el personal designados para tales fines, en este caso denominado Liquidadores, tendente al cierre definitivo de la sociedad.
Entre las funciones de los Liquidadores de una sociedad se encuentran:


  • *  Suscribir, Conjuntamente con los Administradores, el inventario y balance de la sociedad al tiempo de comenzar sus funciones con referencia al  día en que se inicie la liquidación;
  • *      Llevar y custodiar los asientos contables y registros sociales de la sociedad, y velar por la integridad de su patrimonio;
  • *      Realizar las operaciones comerciales pendientes y las nuevas que sean necesarias para la liquidación de la sociedad;
  • *      Enajenar los bienes sociales;
  • *      Percibir los créditos en la cuantía necesaria para satisfacer a los acreedores;
  • *      Concertar transacciones y arbitrajes cuando así convenga a los intereses sociales;
  • *      Pagar a los acreedores y a los socios ateniéndose a las normas que se establecen en los estatutos de la sociedad o en la ley No. 479-08;
  • *      Ostentar la representación de la sociedad para el cumplimiento de los indicados fines.


Según lo establece la ley No. 479-08 en su artículo 413 el o los liquidadores depositarán en el Registro Mercantil ( Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo) los documentos relativos a la disolución de la Sociedad y a su nombramiento, y dentro del mes de su designación, deberá proceder a publicar en un periódico de circulación nacional un extracto de dichos documentos, con los señalamientos y demás informaciones pertinentes, que incluyan el lugar para envió de la correspondencia y la notificación de los actos concernientes a la liquidación de la Sociedad.

La ley establece que no se puede ceder parte o todo de los activos de una sociedad en liquidación a personas que  hayan tenido calidad de socio, gerente, administrador, comisario u otras funciones, salvo que todos los socios lo aprueben unanimente, o con la autorización del juez de los referimientos correspondiente al domicilio social, después de oír debidamente al liquidador, y al comisario de cuentas si lo hubiere.

La ley prohíbe la cesión de activos de un sociedad en liquidación al liquidador, a sus empleados, cónyuges, ascendientes, descendientes y colaterales hasta el segundo grado y afines de la misma condiciones.
El Liquidador debe convocar a los socios para los fines de la liquidación, con el objeto de estatuir sobre la cuenta definitiva y dar descargo al liquidador de su gestión y de su mandato. En su defecto, cualquier socio podrá demandar en justicia la designación de un mandatario que sea encargado de proceder a la convocatoria. Si la asamblea de clausura no pudiera deliberar o si se rehusare aprobar las cuentas del liquidador, se estatuirá al respecto por decisión judicial.

En el Artículo 420 de la ley 479-08 se  establece la responsabilidad del liquidador, tanto respecto a la sociedad como frente a los terceros de las consecuencias perjudiciales de las faltas que cometa en el ejercicio de sus funciones. Las acciones en responsabilidad contra los liquidadores prescriben a los 3 años contado desde la comisión del hecho perjudicial, o si este ha sido simulado desde su revelación. Sin embargo los hechos calificados como crímenes prescriben a los 10 años.
Las acciones contra socios no liquidadores, sus cónyuges, herederos  u otros cahusabientes, prescriben a los 5 años contados desde la inscripción en el registro mercantil (Cámara de Comercio de Santo Domingo) la asamblea que decida la disolución de la sociedad.

CUALES PASOS DEBO SEGUIR PARA DISOLVER Y  LIQUIDAR UNA SOCIEDAD

  • *      Los Gerentes deben Presentar Un informe sobre la conveniencia de liquidar la Sociedad;
  • *       Convocar y Realizar La 1ra. Asamblea Extraordinaria que aprueba la liquidación,  acompañada de su respectiva Nomina;
  • *      Presentar Informe de los Gerentes;
  • *       Presentar informe de los liquidadores;
  • *      Convocar y Realizar la 2da. Asamblea Extraordinaria que Clausura y Declara Liquidada la Sociedad, acompañada de la Nómina de los presentes
  • *      Publicar Aviso de Disolución y Liquidación
  • *      Presentar Carta de Garantía
  • *      Realizar Acto de Partición y Liquidación entre los socios

Todos estos documentos deben ser depositados y registrados en la Cámara de Comercio de Santo Domingo, para proceder a la Cancelación del Registro Mercantil.

DOCUMENTOS REQUERIDOS POR LA DGII PARA LA DISOLUCION Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDADES COMERCIALES

Sociedades Comerciales (S.A, SRL, EIRL, Empresa Extranjeras, Otras)

  • *      Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) llenado, sellado y firmado con los anexos correspondientes.
  • *      Copia de la asamblea y nómina de presencia donde se autoriza la disolución registrada y sellada por la Cámara de Comercio y Producción correspondiente (no aplica para EIRL y Empresas Extranjeras).
  • *      Copia de la Declaración Jurada donde se autoriza la disolución y liquidación de la sociedad registrada y sellada por la Cámara de Comercio (aplica en caso de EIRL y Empresas Extranjeras).
  • *      Copia del certificado de Registro Mercantil cancelado o certificación indicando la disolución (debe estar registrado y sellado por la Cámara de Comercio).
  • *      Carta de garantía original firmada por el presidente, gerente o liquidador (con domicilio en la República Dominicana) notariada o Acto notarial en el caso de EIRL.
  • *      Copia del informe del comisario y asamblea que apruebe dicho informe. Los activos de la sociedad deben ser liquidados (vehículos, inmuebles y acciones en otras sociedades) y los mismos deben estar presentes en el informe del liquidador (aplica en caso de que posea bienes a liquidar).
  • *      Copia de la sentencia con carácter de la cosa irrevocablemente juzgada que declare la quiebra de la empresa (aplica en caso de disolución por quiebra).




16 de septiembre de 2017

MODELO NOTIFICACION  ACTO DE SEPARACION DE BIENES



ACTO NUMERO___________________; En La Ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los ________________ (        ) días del mes de Agosto del año Dos Mil Diecisiete  (2017);


ACTUANDO a requerimiento de los señores YY, dominicano, mayor de edad, soltero, de profesión ______, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. 000-0000000-0, domiciliado y residente en la calle ______, en la casa marcada con el número cuarenta y dos (42),  Municipio  Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, y accidentalmente en esta Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y     XX, dominica, mayor de edad, soltera, de profesión _______, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. _________, domiciliada y residente en la calle __________en la casa  marcada con el número treinta y cuatro (34),  Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo y accidentalmente en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional;

Yo, ___________, Alguacil ordinario de la sala penal de la Corte de Apelación de la provincia de Santo Domingo, dominicano, mayor de edad, casado,  titular de la cédula de identidad personal y electoral No. ___________, con mi domicilio en el inmueble marcado con el No. ________ de la calle ________ Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo debidamente nombrado, recibido y juramentado para el legal ejercicio de los actos de mi propio ministerio.
 EXPRESAMENTE  y en virtud del anterior requerimiento,  me he trasladado dentro de mi Jurisdicción, PRIMERO: A la calle Dánae No.12, sector de Gazcue; Distrito Nacional, lugar donde tiene sus Oficinas Principales el COLEGIO DOMINICANO DE NOTARIOS, INC., y una    vez allí hablando personalmente  con ___________________________, quien me declaró y dijo ser ______________________ de dicha institución, mi requerido,  con calidad para recibir actos de esta naturaleza según sus declaraciones,  en su calidad de Órgano Aglutinador de todos los notarios de la República Dominicana y de forma particular de los del Número del Distrito Nacional, de lo cual doy fe, y le he notificado al COLEGIO DOMINICANO DE NOTARIOS, INC., Y  A LOS NOTARIOS PUBLICOS DE LOS DEL NUMERO DEL DISTRITO NACIONAL cuanto más adelante se expresa; SEGUNDO:  A la calle Hipólito Herrera Billini, esquina Juan de Dios Ventura Simó del  Centro de los Héroes Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, lugar donde se encuentra ubicada la  PRESIDENCIA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL, y una vez allí, hablando personalmente con ________________________________, quien me declaró y dijo ser ______________________________, de dicho tribunal, con calidad para recibir actos de esta naturaleza, según sus declaraciones, de lo cual doy fe, y le he notificado a la PRESIDENCIA LA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL cuanto más adelante se expresa; TERCERO : a la calle José Gabriel García No.505 a esquina calle el Número, sector de Ciudad Nueva, Distrito Nacional, lugar donde se encuentra ubicado el JUZGADO DE PAZ DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL DISTRITO NACIONAL, y una vez allí, hablando con ____________________________, quien me declaró y dijo ser _______________________ de dicho tribunal, con calidad para recibir actos de esta naturaleza, según sus declaraciones, de lo cual doy fe, y le he notificado al JUZGADO DE PAZ DE LA PRIMERA
CIRCUNSCRIPCIÓN DEL DISTRITO NACIONAL, cuanto más adelante se expresa; CUARTO: A la calle Barahona a esquina calle Abreu, del sector San Carlos, Distrito Nacional, que es donde se encuentra el JUZGADO DE PAZ DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL DISTRITO NACIONAL, y una vez allí, hablando personalmente con ______________________________, quien me declaró y dijo ser ________________________de dicho tribunal, con calidad para recibir actos de esta naturaleza, según sus declaraciones, de lo cual doy fe, y le he notificado al JUZGADO DE PAZ DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL DISTRITO NACIONAL, cuanto más adelante se expresa; QUINTO: A la calle Josefa Brea No. 243, Ensanche Luperón, Distrito Nacional, que es donde se encuentra el JUZGADO DE PAZ DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL DISTRITO NACIONAL, y una vez allí, hablando personalmente con _____________________________________,quien me declaró y dijo ser ______________________ de dicho tribunal, con calidad para recibir actos de esta naturaleza, según sus declaraciones, de lo cual doy fe, y le he notificado al JUZGADO DE PAZ DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL DISTRITO NACIONAL, cuanto más adelante se expresa; SEXTO: A la calle Ramón Cáceres No.134 a esquina Lic. Genaro Pérez, Ensanche la Fe, Distrito Nacional, lugar donde se encuentra el JUZGADO DE PAZ DE LA CUARTA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL DISTRITO NACIONAL, y una vez allí, hablando personalmente con ________________________________, quien me declaró y dijo ser ______________________________, de dicho tribunal, con calidad para recibir  actos de esta naturaleza, según sus declaraciones, de lo cual doy fe, y le he notificado al JUZGADO DE PAZ DE LA CUARTA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL DISTRITO NACIONAL, cuanto más adelante se expresa; SEPTIMO: a la calle Santiago esquina calle Dánae, sector de Gazcue, Distrito Nacional, lugar donde tiene su domicilio la OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL, y una vez allí, hablando personalmente con __________________________, quien me declaró y dijo ser   __________________________de dicha oficialía, con calidad para recibir  actos de esta naturaleza, según sus declaraciones,  de lo cual doy fe, y le he notificado a la OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL, cuanto más adelante se expresa; OCTAVO:  a la calle Dr. Delgado esquina avenida 27 de Febrero, Distrito Nacional, lugar donde tiene su domicilio la OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL, y una vez allí, hablando con ___________________________quien me declaró y dijo ser _________________________ de dicha oficialía, con calidad para recibir actos de esta naturaleza, según sus declaraciones, de lo cual doy fe, y le he notificado a la OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL, cuanto más adelante se expresa; NOVENO:  A la calle Manuel Fernández Mármol esquina calle 14 Norte, Ensanche Luperón, Distrito Nacional, lugar donde tiene su domicilio la OFICILIA DEL ESTADO CIVIL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL, y una vez allí, hablando personalmente con _______________________________________ quien me declaró y dijo ser ___________________________ de dicha oficialía, con calidad para recibir actos de esta naturaleza, según sus declaraciones, de lo cual doy fe, y le he notificado a la OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL, cuanto más adelante se expresa; DECIMO: A la calle Rafael J. Castillo casi esquina calle Nicolás de Ovando, sector de Cristo Rey, lugar donde tiene su domicilio la OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL DE LA SEXTA CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL, y una vez allí, hablando personalmente con _____________________________, quien me declaró y dijo ser ______________________________ de dicha oficialía, con calidad para recibir actos de esta naturaleza, según sus declaraciones, de lo cual doy fe, y le he notificado a la OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL DE LA SEXTA CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL, cuanto más adelante se expresa; DECIMO PRIMERO : A un local de la Plaza  María Colombina, ubicada en la avenida Rómulo Betancourt casi esquina calle Privada, lugar donde tiene su domicilio la OFICILIA DEL ESTADO CIVIL DE LA DECIMA CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL, y una vez allí, hablando personalmente con ____________________________ quien me declaró ser _____________________________ de dicha oficialía, con calidad para recibir actos de esta naturaleza, según sus declaraciones, de lo cual doy fe, y le he notificado a la OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL DE LA DECIMA CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL, cuanto más  adelante se expresa; DECIMO SEGUNDO:  a la Avenida Tiradentes, Local No. 8 A , Sector Naco, Plaza Naco, Distrito Nacional, lugar donde tiene su domicilio la OFICILIA DEL ESTADO CIVIL DE LA ONCEAVA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL DISTRITO NACIONAL, y una vez allí, hablando personalmente con __________________________, quien me declaró y dijo ser _____________________________ de dicha oficialía, con calidad para recibir actos de esta naturaleza, según sus declaraciones ,de lo cual doy fe, y le he notificado a la OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL DE LA ONCEAVA CIRCUNSCRIPCION DEL DISTRITO NACIONAL, cuanto más adelante se expresa; DECIMO TERCERO:  a la Avenida 27 de febrero No. 228, Torre Friusa, Sector La Esperilla, Distrito Nacional, que es Donde tiene su domicilio LA CAMARA DE COMERCIO Y PRODUCCION DE SANTO DOMINGO INC., y una vez allí, hablando personalmente con ________________________, quien me declaró y dijo ser _____________________________ de dicha Institución, con calidad para recibir  actos de esta naturaleza, según sus declaraciones, de lo cual doy fe, y le he notificado a la CAMARA DE COMERCIO Y PRODUCCION DE SANTO DOMINGO INC., cuanto más adelante se expresa;
EN TAL VIRTUD les he notificado y dejado a mis requeridos, COLEGIO DOMINICANOS DE NOTARIOS INC; NOTARIOS PUBLICOS DE LOS DEL DISTRITO NACIONAL; LA PRESIDENCIA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL; JUZGADOS DE PAZ DEL DISTRITO NACIONAL; OFICIALIAS DEL ESTADO CIVIL DEL DISTRITO NACIONAL Y CAMARA DE COMERCIO Y PRODUCCION  DE SANTO DOMINGO, INC., en manos de las personas encargadas, secretarias, suplentes y demás, con calidad para recibir el presente acto, según sus propias declaraciones, todo lo cual doy fe, LES HE DEJADO COPIAS INTEGRAS DE ESTE ACTO Y DE LA COPIA CERTIFICADA DEL ACTO AUTENTICO  MARCADO CON EL NUMERO ______ (___-2017), de fecha Siete (07) del mes de Julio del Año Dos Mil Diecisiete (2017), instrumentado por la LICDA.  NOTARIO PUBLICO, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, Matricula No.____ del Colegio de Notarios dominicana, mayor de edad, casada,  titular de la Cédula de Identidad y Electoral número _____________, con domicilio  profesional abierto en la avenida ______, en la casa marcada con el número  nueve (09),  Santo Domingo Distrito Nacional, República Dominicana, suscrito entre los señores YY y XX, que constituye  el  ACTO DE SEPARACION DE BIENES que regirá el Matrimonio de los indicados señores,
todo a fin de que el COLEGIO DOMINICANO DE NOTARIOS INC, LOS NOTARIOS DEL NUMERO DEL DISTRITO NACIONAL, LA PRESIDENCIA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL,  LOS JUZGADOS DE PAZ DEL DISTRITO NACIONAL, LAS OFICIALIAS DEL ESTADO CIVIL DEL DISTRITO NACIONAL Y LA CAMARA DE COMERCIO  Y PRODUCCION DE SANTO DOMINGO INC, coloquen dichas copias en lugar visible, en el cuadro que para tal fin tienen destinado, durante un año por lo menos, de conformidad y para los fines de ley.-


Y para que conste, así se lo he notificado a cada uno de mis requeridos indicados, dejándoles a cada uno de ellos copias fieles del presente acto el cual consta de seis (06) fojas, más tres (03),  de la Copia Certificada del Acto Autentico que lo encabeza, debidamente firmado, sellado y rubricado en todas sus fojas por mí, Alguacil Infrascrito que CERTIFICO Y DOY FE.-

COSTO RD$____________________


DOY FE



_______________________
EL ALGUACIL

VISADO POR COLEGIO DOMINICANO DE NOTARIOS INC; LA PRESIDENCIA DE LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL; JUZGADOS DE PAZ DEL DISTRITO NACIONAL; OFICIALIAS DEL ESTADO CIVIL DEL DISTRITO NACIONAL Y POR LA CAMARA DE COMERCIO Y PRODUCCIÓN DE SANTO DOMINGO INC.

VISADO:


_________________________      _______________________
 COLEGIO DOMINICANOS  DE          PRESIDENCIA DE LA CAMARA
          NOTARIOS INC.                       CIVIL  Y    COMERCIAL    DEL
                                                           JUZGADO   DE     PRIMERA
                                                           INSTANCIA DEL DIST. NAC.





_________________________   _________________________
JUZGADO DE PAZ DE LA  1RA.       JUZGADO DE PAZ DE LA 2DA.
CIRCUNSCRIPCION DEL D.N.         CIRCUNSCRIPCION DEL D.N.





_________________________    ________________________
JUZGADO DE PAZ DE LA 3RA.         JUZGADO DE PAZ DE LA 4TA.
CIRCUNSCRIPCION DEL D.N.          CIRCUNSCRIPCION DEL D.N.





_________________________     ________________________
OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL        OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL
1RA. CIRCUNSCRIPCION, D.N.        2DA. CIRCUNSCRIPCION, D.N.





_________________________  _________________________
OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL       OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL
3RA. CIRCUNSCRIPCION, D.N        6TA. CIRCUNSCRIPCION. D.N





________________________       ________________________
OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL        OFICIALIA DEL ESTADO CIVIL
10MA CIRCUNSCRIPCION, D.N       11VA. CIRCUNSCRIPCION, D.N





_________________________
  CAMARA   DE   COMERCIO  Y
PRODUCCION DE STO. DGO. INC.









8 de septiembre de 2017

ACTO AUTENTICO SEPARACIÓN DE BIENES


ACTO AUTENTICO  REGIMEN MATRIMONIAL DE SEPARACION DE BIENES


Acto No.  _______; En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital  de República Dominicana, a los  Siete (07)  días del mes de Julio del año Dos Mil Diecisiete (2017); por ante mi LICDA. NOTARIO PUBLICO, Notario Público de los del número del Distrito Nacional, Matricula No.XXXX del Colegio de Notarios dominicana, mayor de edad, casada,  titular de la Cédula de Identidad y Electoral número XX-XXXXX-X,con domicilio  profesional abierto en la avenida _________ en la casa marcada con el número  nueve (09),   Santo Domingo Distrito Nacional, en el regular ejercicio  de mis funciones, asistida de los testigos que serán nombrados al final de este acto, Declaro, CERTIFICO Y DOY FE, que  comparecieron PERSONAL, LIBRES Y VOLUNTARIAMENTE los señores  HOMBRE MASCULINO, dominicano, mayor de edad, soltero, de profesión ________, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. XX-XXXXXX-X, domiciliado y residente en la calle_________, en la casa marcada con el número cuarenta y dos (42), Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, y transitoriamente en esta Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y MUJER  FEMENINA, dominica, mayor de edad, soltera, de profesión ______, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. 00-000000-0, domiciliada y residente en la calle _______ en la casa marcada con el número treinta y cuatro (34),  Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo y transitoriamente en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, quienes en pleno disfrute de sus derechos civiles y pleno dominio de sus facultades físicas y mentales, me han declarado lo siguiente: PRIMERO: Que teniendo el propósito de contraer matrimonio civil en la Oficialía  del Estado Civil de la 11va Circunscripción del  Distrito Nacional, ubicada en la av. Tiradentes  esquina Fantino  Falco, Plaza Naco, Local # 8, en el sector de Naco, en la Ciudad de  Santo Domingo, República Dominicana, en el mes de Agosto del Año 2017, han convenido y decidido adoptar, como al efecto adoptan por el presente acto, el REGIMEN DE LA SEPARACION DE BIENES, el cual ha de ser el que regule sus intereses materiales  mobiliarios e inmobiliarios y de todo género, en sujeción pura y simple de las disposiciones de la ley número 2125 de fecha veintisiete (27) de septiembre del año mil novecientos cuarenta y nueve (1949), que sustituye los artículos 1536 al 1539 del Código Civil; SEGUNDO:  Que reconocen que la Separación Completa y Total de Bienes, será el régimen que regirá sus bienes durante toda la vigencia de su vida Matrimonial tanto con respecto al capital que cada uno de ellos posea a la fecha del Matrimonio, al igual que en lo concerniente a los bienes que cualesquiera de ellos adquiera para si por cualquier concepto durante su vida matrimonial, incluyendo además, cualesquiera frutos, derechos, causas de acción, créditos, rentas, intereses, ganancias, beneficios, deudas o pérdidas, multas o condenas provenientes o relacionadas con dichos bienes o cosas contraídas por cualesquiera  de los cónyuges con anterioridad o posterioridad al Matrimonio; TERCERO: Reconocen que en virtud del régimen Matrimonial  que los futuros cónyuges desean adoptar de Separación de Bienes, cada uno de ellos conservara como antes del Matrimonio, la propiedad de pleno dominio, el goce, la administración y el usufructo, conservando como bienes personales o propios todos sus bienes, muebles o inmuebles, y cosa presentes, que reciban antes y durante el matrimonio, y los que adquiriesen en el futuro de cualquier forma, incluyendo con el producto de su trabajo o adquirido por donación, sucesión, legado, regalo, a título oneroso, gratuito  o de otra forma, conservándolos con todos sus frutos, ganancias, beneficios, rentas o intereses,  con anterioridad o posterioridad al  Matrimonio; CUARTO: Que ninguna cosa,
crédito, derecho, ganancia o bien, mueble o inmueble, de cualquier forma o naturaleza se estimara o reputara que le pertenece a ambos cónyuges conjuntamente o en común pro- indiviso a menos que se pacte expresamente dicha propiedad o cosa en común por documento público o privado instrumentado por ante Notario Público y firmado por ambos cónyuges; QUINTO: Los comparecientes declaran que, una vez unido por el vínculo del matrimonio, ambos cónyuges tendrán la libre administración de sus respectivos bienes propios y podrán transmitirlo, enajenarlos, venderlos, traspasarlo, permutarlos, gravarlos, y efectuar cualesquiera otras transacciones de cualquier índole o naturaleza que las leyes permitan, de acuerdo con los pactos y condiciones o con los fines y propósitos o por las causas y los conceptos que su dueño determine y disponga, sin limitación alguna y sin necesidad del consentimiento de su cónyuge; SEXTO: Acuerdan y estipulan además que cada uno de ellos satisfará, de sus ingresos personales provenientes de sus respectivos bienes, negocios y / o trabajos, las deudas que hayan contraído hasta la fecha del matrimonio, así como aquellas obligaciones que pudieran contraer durante su vida matrimonial relativas a la adquisición de bienes muebles e inmuebles o por cualquier otro concepto, entendiéndose que dichas deudas serán privativas del cónyuge que las contraiga; SEPTIMO: Podrán los comparecientes llevar a cabo entre si toda clase de transacciones comerciales, tales como compraventa, hipotecas, permutas y arrendamientos, siendo esta enumeración enunciativa no limitativa, siendo expresamente acordado por estos que podrán efectuar entre ellos todas las transacciones comerciales que no sean contrarias a las leyes y las buenas costumbres, así mismo han convenido los contrayentes que podrán adquirir bienes en copropiedad o sociedad entre sí, si lo acordasen expresamente mediante escritura pública o privada instrumentada por ante Notario Público y firmada por ambos cónyuges; OCTAVO: Los comparecientes se harán cargo de todos los gastos comunes del hogar familiar durante el matrimonio y de la alimentación, crianza y educación de los hijos que el matrimonio procrease, en proporción a sus respectivos ingresos, entendiéndose que si alguno de los comparecientes aportare más de su parte proporcional, por su propia voluntad, no podrá luego de celebrado el matrimonio, reclamar cualquier restitución o indemnización al otro conyugue; NOVENO:  En la eventualidad de que procrearen  o concibieran hijos durante el matrimonio o convivencia consensual anterior al matrimonio, los comparecientes aquí acuerdan que la patria potestad y custodia de dichos hijos, mientras estos sean menores de edad, será compartida por los comparecientes; DECIMO:  Es la intención de los comparecientes que el régimen de completa y total separación de bienes aquí establecido aplique  tanto a su vida matrimonial con posterioridad al matrimonio como en cualquier periodo de convivencia consensual con anterioridad al mismo; DECIMO PRIMERO: Reconocen los comparecientes que la elección  hecha por ellos mediante las presentes capitulaciones matrimoniales es irrevocable;  DECIMO SEGUNDO: Que si alguna disposición de esta escritura es considerada ilegal, inválida o que no se pueda exigir su cumplimiento bajo la ley actual o futura, incluyendo cualquier interpretación jurisprudencial de las mismas, dicha disposición se quedara sin efecto, y esta escritura será interpretada y gobernada como si dicha disposición  ilegal, inválida o no exigible nunca hubiera formado parte de la misma y las demás disposiciones de esta escritura permanecerán vigentes y no serán afectadas por la disposición ilegal, inválida o no exigible por la eliminación de la misma. El presente Acto ha sido hecho, pasado, y redactado en la fecha y lugar arriba señalados, el cual fue leído a las partes en voz alta, previa lectura de los artículos 1391 y 1394 del Código Civil,  habiendo asegurado las partes  que las declaraciones  previamente indicadas han sido realizadas bajo la fe del juramento, habiéndosele  advertido a éstos que cualquier declaración en falsedad se considerara perjurio, de conformidad  con las disposiciones de la ley No. 140-15, Ley del Notariado de la República Dominicana. El presente Acto ha sido realizado en presencia de los testigos comparecientes ORQUIDEA MORADA,
dominicana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. 00-000000-0, domiciliada y residente en la calle________, Municipio de Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, y transitoriamente en esta Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional  y ROSA ROJA,  dominicana, mayor  de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. 00-00000-0, domiciliada  y residente en la ____________., en la casa marcada con el número veinte  (20),  Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, y transitoriamente en  esta  ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, testigos instrumentales requeridos libres de Tachas y excepciones conforme  establece la ley, quienes  han firmado junto conmigo y por ante mi conjuntamente con los comparecientes en señal de conformidad y aceptación el presente ACTO AUTENTICO, de todo  lo cual CERTIFICO Y DOY FE.







_________________________________
HOMBRE MASCULINO
Declarante






 ___________________________________
MUJER FEMENINA
Declarante






       ___________________________        _____________________________
            ORQUIDEA MORADA                                    ROSA ROJA
                                                                
                       Testigo                                                       Testigo







                        _______________________________________
                                                          LICDA
                                            NOTARIO PÚBLICO



 

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