12 de abril de 2021
CONTRATO DE PROMESA COMPRAVENTA DE INMUEBLE
4 de noviembre de 2020
NIÑOS MENORES DE 13 AÑOS PODRAN SOLICITAR VISA SIN ENTREVISTA
CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD PARA VISA SIN ENTREVISTA NIÑOS MENORES DE 13 AÑOS
La Sección Consular de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamerica, a traves de la sección Pregúntele al Cónsul a anunciado que ha ampliado el criterio de elegibilidad para la Renovación de Visa de no inmigrante sin entrevista, para incluir a niños menores de 13 años que soliciten visa por primera vez.
Requisitos Para la Solicitud de Visa De No Inmigrante Para Menores de 13 Años
Para calificar para una solicitud de visa sin entrevista, el menor deberá tener 13 años cumplidos o menos:
- Haber nacido en la República Dominicana o contar con un pasaporte dominicano
- Tener al menos, un padre o tutor que cuente con una visa válida o que esté renovando su visa al mismo tiempo que el menor.
- Presentar el certificado de nacimiento original legalizado y una copia de la visa válida de al menos uno de los padres.
- Ninguno de los padres puede ser ciudadano estadounidense o residente permanente legal.
- No califica para la solicitud de visa sin entrevista si le han negado alguna solicitud de visa previa.
En la actualidad la Embajada Americana permanece cerrada para asuntos rutinarios de visa que requieren entrevista. Estos servicios serán reanudado tan pronto las condiciones sanitarias lo permitan, por lo que debemos estar pendiente, ya que la Embajada se mantiene publicando avisos a través de pagina Web.
La información que antecede se encuentra colgada en el portal web de la Embajada.
Si quieres sacar la visa de no Inmigrante a tus hijos menores de 13 años Contactame!!
GALBON Tel. 809-283-0169
27 de agosto de 2020
MODELO DE INSTANCIA DIRIGIDA AL REGISTRADOR DE TITULO DE LA JI "CANCELACIÓN DE HIPOTECA CONVENCIONAL"
INSTANCIA SOLICITUD DE CANCELACIÓN Y RADIACIÓN DE HIPOTECA CONVENCIONAL
Santo Domingo, D.N.
25 Agosto 2019
Señores:
Dirección General de Registro de Títulos
Jurisdicción Inmobiliaria
Atn. Sr.
Registrador de Títulos
Ciudad. _
Distinguido
Señor:
Quien Suscribe, DULCINEA DEL TOBOSO dominicana, Mayor de edad,
soltera, de Profesión Educadora, titular de la Cédula de Identidad y Electoral
No. 000-0000000-00, domiciliado y residente en la Calle Constelación No. 25,
Sector Vía Láctea, en la ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional, República
Dominicana, mediante la presente tiene a bien solicitar ante la Dirección
General de Registro de Titulo del Distrito Nacional la CANCELACIÓN Y RADIACION DE HIPOTECA CONVENCIONAL a
favor de LA ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS, Acreedor
Hipotecario de quien Suscribe, conforme
contrato de préstamo hipotecario debidamente inscrito en fecha 28 de diciembre
del 2012, bajo el No. 1979, Folio No.000 , de los Libros de Inscripciones No.000, mediante la cual se otorgó en hipoteca,
para garantía de la indicada acreencia, en favor de LA ASOCIACION POPULAR
AHORROS Y PRESTAMOS, el siguiente
inmueble:
EL
SOLAR NO. 00 DE LA MANZANA NO. 0000, DEL DISTRITO CATASTRAL NO. , DEL MUNICIPIO
SANTO DOMINGO OESTE, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL
DE DOSCIENTOS NOVENTA (290) METROS CUADRADOS, NOVENTA Y UNO (91) DECIMETROS
CUADRADOS, LIMITADO: AL NORTE: SOLARES NO. 7 Y 8, AL ESTE: SOLAR NO. 10, AL
SUR:CALE, Y AL OESTE: SOLAR NO.
12.
AMPARADO EN EL CERTIFICADO DE TITULO NO. 00, LIBRO 000,
FOLIO 00.
En
Virtud de que quien suscribe, Ha pagado en
su totalidad a LA ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS el
monto de la acreencia garantizada con la hipoteca supraindicada y sus intereses,
solicito formalmente al Registrador de
Títulos del Departamento de Santo Domingo, a proceder a la cancelación y radiación de
dicha hipoteca.
Con
Gracias Anticipadas,
Sin
Otro Particular
DULCINEA
DEL TOBOSO
21 de agosto de 2020
CANCELACION DE UNA HIPOTECA CONVENCIONAL
ACTO
DE CANCELACIÓN DE HIPOTECA
Quien
suscribe, LICDA. ROSA ROJA, dominicana, mayor de edad, casada,
empleada privada, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 000-00000-0,
domiciliada y residente en esta ciudad, actuando en su calidad de
Encargada del Departamento de Administración de
Préstamos de LA ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS,
institución organizada y existente de conformidad con la Ley No. 5897, de fecha
14 de mayo de 1962, y sus modificaciones, con su domicilio social en la
calle Constelación No. 15, Sector Vía Láctea, Santo Domingo, República
Dominicana, entidad acreedora hipotecaria de la señora DULCINEA DEL
TOBOSO , conforme contrato de préstamo hipotecario debidamente
inscrito en fecha 28 de diciembre del 2012, bajo el No. 1979, Folio No.000 , de
los Libros de
Inscripciones No.000, mediante la cual se otorgó en hipoteca, para garantía de
la indicada acreencia, en favor de LA ASOCIACION POPULAR AHORROS Y
PRESTAMOS, el siguiente inmueble:
EL
SOLAR NO. 00 DE LA MANZANA NO. 0000, DEL DISTRITO CATASTRAL NO. , DEL MUNICIPIO
SANTO DOMINGO OESTE, PROVINCIA DE SANTO DOMINGO, CON UNA EXTENSION SUPERFICIAL
DE DOSCIENTOS NOVENTA (290) METROS CUADRADOS, NOVENTA Y UNO (91) DECIMETROS
CUADRADOS, LIMITADO: AL NORTE: SOLARES NO. 7 Y 8, AL ESTE: SOLAR NO. 10, AL
SUR:CALE, Y AL OESTE: SOLAR NO. 12. AMPARADO EN EL CERTIFICADO DE TITULO NO. 00, LIBRO 000,
FOLIO 00,--------------------------------------------------------
Habiendo
recibido LA ASOCIACION POPULAR DE AHORROS Y PRESTAMOS el monto
de la acreencia garantizada con la hipoteca supraindicada y sus intereses, en
mi aludida calidad doy finiquito y descargo en tal sentido, y autorizo
formalmente al Registrador de Títulos del Departamento de Santo Domingo, a
proceder a la cancelación y radiación de
dicha hipoteca.
En
la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, a Siete
(7) días del mes de Agosto del año Dos Mil Diecinueve (2019).
__________________________________________
LICDA. ROSA ROJA
YO LICDO. NOTARIO PUBLICO,
Notario Público de los del Número del Distrito Nacional, con estudio
Profesional abierto en la calle centauro. 6, Vía Láctea, de esta Ciudad de Santo
Domingo, Distrito Nacional, Certifico: que la firma que aparece al pie del
presente acto fue puesta libre y voluntariamente en mi presencia por la LICDA.
ROSA ROJA cuyas demás generales constan en el mismo, persona a quien
identificado por su cédula de identidad y electoral, la cual me declara bajo la
fe del juramento que esta es la firma que acostumbra a utilizar en todos sus
actos.
En Hecho de buena fe en tantos originales
como partes interesadas, en la ciudad y Municipio de Santiago, República Dominicana, a Siete (7) días del mes de Agosto del
año Dos Mil Diecinueve (2019).
____________________________
LICDO. NOTARIO PUBLICO
Notario Público No. 00000
9 de julio de 2020
LOS DOMINICANOS CON NUEVAS RESTRINCCIONES PARA VIAJAR A ITALIA
LOS DOMINICANOS CON NUEVAS RESTRICCIONES PARA ENTRAR A
ITALIA
Son Cinco Los Países Latinoamericanos, Brasil,
Chile, Panamá, Perú y República Dominicana, Vetados Por Italia, Relacionado al
Riesgo que Representan por El Auge del Covid 19.
A solo una semana en que la República Dominicana abrió
sus fronteras, puertos y aeropuertos, los dominicanos encuentran nuevas
limitaciones para viajar a Italia, debido al riesgo inminente por el Covid 19. La
magnitud de los contagios que se han registrados en los últimos días, y el
temor de la nación Europea a que se agudice la crisis sanitaria, de la cual se
han ido recuperando lenta y paulatinamente ha colocado al país en una lista de
varios países a los que la nación europea le ha limitado la entrada.
El ministro de Salud italiano, Roberto Speranza, ha firmado
una ordenanza, la cual está en proceso de publicación, que introduce desde la
fecha y hasta el 14 de Julio, nuevas restricciones para viajar desde y hacia Italia.
Entre las principales medidas contenidas en la
referida ordenanza se encuentra:
1)
La
Prohibición de entrada a Italia para aquellas personas que han permanecido /
transitado en uno de los siguientes países en los últimos 14 días: Armenia,
Bahrein, Bangladesh, Brasil, Bosnia y Herzegovina, Chile, Kuwait, Macedonia del
Norte, Moldavia, Omán, Panamá, Perú, República Dominicana.
2) Las excepciones a la prohibición son solo
ciudadanos europeos (UE, Schengen, Reino Unido, microstatos europeos) y sus
familiares que conviven (ascendentes y descendientes directos, cónyuges,
parejas estables, partes de la unión civil) con residencia registrada en Italia
desde una fecha anterior. Sin embargo, en cualquier caso, la obligación de
cuarentena se aplica a estos sujetos.
3) Suspensión de vuelos directos e indirectos desde
los países mencionados.
4) Adicionalmente todos aquellos que ingresen a Italia
deben completar el formulario de autocertificación que se publicará en los
sitios web institucionales de Farnesina .
Esta información ha sido colgada en el sitio web de la
embajada de Italia en Santo Domingo, Sin embargo no se especifica en qué
consistirá este formulario de autocertificación, si se refiere al mismo
documento que debían poseer los residentes en Italia, para poder salir de sus
casas durante la Pandemia.
Según lo expresado por el ministro de Salud de Italia
es la decisión mas prudente, luego de todos los sacrificios que han tenido que
hacer, luego de haber sido golpeado estrepitosamente por la Pandemia del Corona
virus,
Covid 19.
Italia Ha registrado en las ultimas 24 horas 229
nuevos contagios y 12 fallecidos, mientras que en la República Dominicana ha registrado
1202 nuevos contagios y 13 fallecidos. El primer caso confirmado de Covid 19 en
la República Dominicana fue un ciudadano italiano procedente de Milán, Italia,
y que luego de aproximadamente dos meses recluido en un Centro Hospitalario de
Republica Dominicana, logro superar la enfermedad. En la actualidad se desconoce
si “ COVITO” , seudónimo con el que fue identificado esta paciente, por su largo
proceso de recuperación se encuentra en República Dominicana, o si retorno a su
nación de Origen la Bella Italia.
25 de junio de 2020
CONTRATO DE VENTAS DE CUOTAS SOCIALES MODALIDAD FIRMA DIGITAL
SABIAS QUE PUEDES COMPRAR Y VENDER ACCIONES FIRMANDO EL CONTRATO DE FORMA DIGITAL?
“GALBON & ASOCIADOS, C. POR A.”
Registro Mercantil No. 00000SD
Registro Nacional de Contribuyentes RNC No. 1-00-00000
Calle Cotubanama , No. 2, Sector, Herrera
Municipio Santo Domingo Oeste, Provincia Santo
Domingo, República Dominicana
CONTRATO DE VENTA DE
ACCIONES Y/O CUOTAS SOCIALES
ENTRE:
De una parte, los Señores, QUIJOTE DE LA MANCHA dominicano, mayor de
edad, casado, empleado privado, titular de la cedula de identidad y electoral
No. 000-000000-0, domiciliado y residente en la calle Cotubanama, No. 2, del Sector Herrera, Municipio Santo Domingo Oeste,
Provincia Santo Domingo, República Dominicana; DULCINEA DEL TOBOSO,
dominicana, mayor de edad, Casada, empleada pública, titular de la Cédula de
Identidad y Electoral No. 000-00000-0, domiciliada y residente en la calle Gonzalo
Castillo, No. 12, Sector los Jardines de
Alma Rosa, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República
Dominicana; ROSA ROJA, dominicana, mayor de edad, Casada, Odontóloga de
profesión, titular de la Cédula de Identidad y Electoral No. 000-00000-0,
domiciliada y residente en la calle Gonzalo Castillo, No. 12, Sector los Jardines de Alma Rosa,
Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana; ARBOL VERDE, dominicano, mayor de edad,
casado, empleado privado, titular de la cedula de identidad y electoral No. 000-00000-0,
domiciliado en la calle en la calle Gonzalo Castillo, No. 12, Sector los Jardines de Alma Rosa,
Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana; quienes
para los fines y consecuencias legales del presente acto se denominarán: LOS
VENDEDORES------------------------------
Y POR LA OTRA PARTE:
la Señora BRIGETS JONES, de Nacionalidad dominicana, y Canadiense, mayor
de edad, casada, titular de la cedula de identidad y electoral No. 000-00000-0,
y del pasaporte Norteamericano No. GB 00000, domiciliada en la calle Cotubanama,
No. 2 del Sector Herrera, Municipio
Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, República Dominicana; y en Estado
Unidos, en 311 Newhaspire, New Jersey ;
quien para los fines y consecuencias legales del presente acto se denominará: LA
COMPRADORA------------------------------
PREAMBULO:
POR CUANTO: LOS VENDEDORES son propietarios de CIENTO NOVENTA
ACCIONES Y/O CUOTAS SOCIALES (190) de la compañía GALBON & ASOCIADOS, C, POR A; y es su
deseo el vender la cantidad de CIENTO NOVENTA cuotas sociales (190);
tal como se detalla a continuación: ----------
QUIJOTE DE LA MANCHA,
propietario de 150 Acciones y/o cuotas sociales en la Compañía, GALBON &
ASOCIADOS, C. POR A.; DULCINEA DEL TOBOSO propietaria de 10 Acciones y/o Cuotas Sociales en la Compañía GALBON &
ASOCIADOS, C. POR A.; ROSA ROJA, propietaria de 10 Acciones y /o Cuotas
Sociales en la Compañía, GALBON & ASOCIADOS, C. POR A.; ARBOL VERDE,
propietario de 20 Acciones y / o Cuotas Sociales en la Compañía GALBON &
ASOCIADOS, C. POR A.;
POR CUANTO:
La compradora le ha expresado su deseo de adquirir la cantidad de CIENTO
NOVENTA (190) ACCIONES Y/O CUOTAS SOCIALES, para continuar con el
desarrollo de dicha Empresa;----------------
POR CUANTO:
El presente preámbulo forma parte integra del presente contrato y específica el
modo de distribución de las cuotas sociales, y para lo no previsto en el
presente contrato se remiten al derecho común;-----------------
HAN
CONVENIDO Y PACTADO LIBRE Y VOLUNTARIAMENTE LO SIGUIENTE:
PRIMERO: LOS VENDEDORES
por medio del presente acto VENDEN, CEDEN Y TRANSFIEREN, desde ahora y
para siempre con todas las garantías legales, y todos los beneficios que
pudieran generar dichas ACCIONES Y/O CUOTAS SOCIALES, a la COMPRADORA y cualquier
utilidad o beneficio de las ACCIONES Y/O CUOTAS SOCIALES que se expresan
a continuación:----------------------------------------------------------------
QUIJOTE DE LA MANCHA 150 Acciones; DULCINEA
DEL TOBOSO 10 Acciones; ROSA
ROJA 10
Acciones;
ARBOL VERDE 20 Acciones;
en
Total CIENTO NOVENTA (190)
ACCIONES Y/O CUOTAS SOCIALES DE LAS QUE SON PROPIETARIOS EN LA COMPAÑÍA GALBON
& ASOCIADOS, C. POR. A.; Por lo que están
renunciando desde ahora y para siempre al derecho de propiedad que tenían de
las mismas;--------
SEGUNDO:
El precio Convenido entre las partes es la suma de DIECINUEVE MIL PESOS(RD$19,000.00)
cuya suma afirman los vendedores haber recibido de manos de la compradora, como
se detalla a continuación: QUIJOTE DE LA MANCHA la
suma de QUINCE MIL PESOS ( RD$15,000.00);
; DULCINEA DEL TOBOSO la
suma de MIL PESOS ( RD$1,000.00); ROSA ROJA la suma
de MIL PESOS ( RD$1,000.00); ARBOL
VERDE la suma de DOS MIL PESOS ( RD$2,000.00), con
entera satisfacción a la firma del presente contrato y en consecuencia otorgan ACTO
DE DESCARGO Y FINIQUITO LEGAL;----
TERCERO: Emisión de
Cuotas Sociales. LOS VENDEDORES autorizan por
medio del presente documento a cancelar los Certificados de ACCIONES Y/O
CUOTAS SOCIALES que se hayan emitido a su favor y a emitir nuevos
Certificados a favor de LA COMPRADORA.--------------------------------------
CUARTO: Renuncia
a Derechos. Por efecto del pago recibido, y de la transferencia de la
propiedad de las ACCIONES Y/O CUOTAS SOCIALES en cuestión, LOS
VENDEDORES renuncian de manera expresa e irrevocable al ejercicio de toda
acción, derecho, interés o instancia, que en su calidad de socio pudiera tener
contra la Sociedad GALBON & ASOCIADOS, C. POR A. o sus
administradores.----------------------------------------------------------------
QUINTO: Derecho Común.
Para lo no expresamente previsto en el presente contrato, las partes deciden
remitirse al derecho común.---------------------------
Hecho y firmado de buena
fe, libre y voluntariamente por las partes en
la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, el 1ro (01) días del mes de Abril del año Dos
Mil Veinte (2020);-------------------------
_________________________ ____________________________
QUIJOTE
DE LA MANCHA DULCINEA DEL TOBOSO
VENDEDOR
VENDEDORA
___________________________________________
ROSA ROJA
VENDEDORA
_________________________________
ARBOL VERDE
VENDEDOR
___________________________________________
BRIGETS JONES
COMPRADORA
Yo, LICDA. NOTARIA
PUBLICA, Abogada Notario Público de los del Numero del
Distrito Nacional, Matricula No. 00, con estudio abierto de manera permanente
en la Avenida de Constelación No. 25, Urbanización vía Latea Distrito Nacional,
República Dominicana, CERTIFICO Y DOY FE que las firmas que anteceden
fueron puesta en mi presencia, libre y voluntariamente por los Señores QUIJOTE
DE LA MANCHA, DULCINEA DEL TOBOSO, ROSA ROJA Y ARBOL VERDE, personas que
conozco y a quienes me han declarado que estas son las firmas que acostumbran a
utilizar en todos los actos de su vida civil. En la ciudad de Santo Domingo,
Distrito Nacional, República Dominicana, el 1ro (01) día del mes de Abril del año Dos Mil Veinte (2020).-
Nota:
La Señora BRIGETS JONES, firmo el contrato vía electrónica a través del
correo electrónico brigetsjones@icloud.com, respectivamente conforme lo establece la ley 479-08, 31-11 de
Sociedades Comerciales, y la 126-02 sobre comercio electrónico y firma
digitales. De todo lo cual certifico y
doy fé.------
LICDA. NOTARIA
PUBLICA.
ABOGADO NOTARIO PÚBLICO
1 de junio de 2020
¿ CUANDO ABRIRÁ AL PUBLICO EL SERVICIO DE INMIGRACIÓN Y CIUDADANÍA DE USA?
MUY PRONTO USCIS ABRIRÁ SUS
SERVICIOS AL PUBLICO
Según el Portal Web, del Servicio
de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos, este se prepara para reabrir
algunas oficinas en Estados Unidos y reanudar algunos servicios al público que
no sean de emergencia en o después del 4 de junio. El 18 de marzo, USCIS
suspendió sus servicios rutinarios en persona en sus oficinas locales, oficinas
de asilo y centros de asistencia en solicitudes (ASC, por sus siglas en inglés)
para ayudar a frenar la propagación del coronavirus (COVID-19). USCIS sigue las
guías de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades con el
propósito de proteger su fuerza laboral y el público.
Reapertura
4 de Junio 2020
A partir del 4 de junio
de 2020, algunas oficinas locales y oficinas de asilo de USCIS reanudarán los
servicios en persona que no sean de emergencia. Los centros de asistencia en
solicitudes reanudarán los servicios más tarde. USCIS ha informado que ha tomado una serie de
previsiones y precauciones para evitar la propagación del
COVID-19 en instalaciones que han reabierto entre la que podemos citar:
- Los visitantes no podrán entrar a una
instalación de USCIS si:
- Tienen síntomas de COVID-19, entre
éstos tos, fiebre, o dificultad para respirar;
- Han tenido contacto cercano dentro
de los últimos 14 días con una persona que se sabe o se sospecha que
tenga COVID-19; o
- Un proveedor de cuidado médico o
autoridad de salud pública le ha ordenado asilarse o ponerse en
cuarentena durante los últimos 14 días
- Los visitantes no pueden entrar a la
instalación con más de 15 minutos de anticipación a su cita (30 minutos
para las ceremonias de naturalización).
- Se les proporcionará gel antiséptico
a los visitantes en los puntos de entrada.
- Las personas del público deben tener
cubiertas faciales que cubran su boca y nariz cuando entren a las
instalaciones. Si no tienen, USCIS podría proporcionarles una o se le
pedirá al visitante que reprograme su cita.
- Habrá marcas y barreras físicas en la
instalación; los visitantes deben prestar atención a estos letreros para
asegurarse de que siguen las medidas de distanciamiento social.
- Las personas también tienen que
responder a preguntas de verificación de salud antes entrar a la
instalación.
- Se les exhorta a las personas a traer
sus propios bolígrafos de tinta negra o azul.
A medida que los
servicios comiencen a reabrir, las oficinas reducirán la cantidad de
entrevistas para asegurar el distanciamiento social, darán tiempo a labores de
limpieza y reducirán la capacidad de las salas de espera. Las notificaciones de
citas contendrán información acerca de las precauciones de seguridad que deben
seguir los visitantes de las instalaciones de USCIS.
Las personas que se siente enfermo no deben
asistir a la Embajada, reprograme su cita para cuando se sienta mejor. No será penalizado si el motivo de
cancelación es por salud.
Las oficinas de asilo de
USCIS reprogramarán automáticamente las citas de asilo que fueron canceladas
durante los cierres temporales. Cuando USCIS reprograme la entrevista, los
solicitantes de asilo recibirán otra notificación con la nueva hora, fecha y
lugar de la entrevista e información acerca de las precauciones de seguridad.
De acuerdo con las guías
de distanciamiento social, y debido a la duración de las entrevistas de asilo,
las oficinas de asilo esperan llevar a cabo entrevistas de asilo por vídeo, en
las que los solicitantes se sientan en un salón y el oficial entrevistador se
sienta en otro salón. Las oficinas de asilo usarán la tecnología disponible,
incluso dispositivos móviles, para garantizar que el oficial, solicitante,
intérprete y abogado puedan participar de forma completa y segura en la
entrevista mientras guardan el distanciamiento social.
En el caso de las
entrevistas de asilo afirmativo, los solicitantes deben traer a todos los
familiares listados como dependientes en la solicitud y un intérprete, si el
solicitante no habla inglés. Además, un representante, testigo, persona
que proporciona asistencia a una persona con discapacidad o un adulto de
confianza si el solicitante es menor, puede asistir a la entrevista.
En el caso de las
personas no detenidas que tienen entrevistas de temor creíble y temor
razonable, estos pueden traer a cualquier familiar que esté listado en la
notificación de entrevista. Los representantes pueden asistir a las entrevistas
de temor creíble y temor razonable, pero se les exhortará a participar por
teléfono. USCIS proporcionará intérpretes profesionales contratados para las
entrevistas de temor creíble y temor razonable.
USCIS enviará notificaciones
a los solicitantes para reprogramar una ceremonia de naturalización propuesta.
Puede que las ceremonias sean más breves para limitar la exposición de los
asistentes. En lugar de reproducir vídeos en las ceremonias de naturalización,
se les darán folletos a los participantes con información y enlaces que los
dirigirán a los videos en el sitio web de
USCIS. Bajo este formato breve, todas las porciones de la ceremonia
requeridas por ley se llevarán a cabo.
La asistencia estará
limitada al candidato de naturalización y a las personas que asisten con los
acomodos por discapacidad.
Entrevistas y Citas
USCIS enviará
notificaciones a los solicitantes y peticionarios que tenían citas y
entrevistas programadas con anterioridad. Los asistentes a las citas deberán
seguirlas guías de seguridad descritas a continuación.
Aquellas personas que
tenían otras citas deben reprogramarlas a través del Centro de Contacto de USCIS una
vez las oficinas locales estén abiertas al público. Por favor, verifique en la
página de estatus de
nuestras oficinas si su respectiva oficina ha reabierto antes
de llamar al Centro de Contacto.
Los visitantes estarán
limitados al solicitante, un representante y un familiar o persona que
proporcione asistencia con acomodos por discapacidad. El solicitante debe
coordinar que su intérprete esté disponible por teléfono.
Centros de Asistencia en
Solicitudes
USCIS reprogramará
automáticamente las citas en los ASC que fueron canceladas debido al cierre
temporal de las oficinas. Las personas recibirán una nueva notificación de cita
por correo postal con instrucciones de seguridad específicas. Los solicitantes
que comparezcan en una fecha u hora diferentes a las que indica la notificación
de cita en ASC podrían experimentar demoras sustanciales, excepto aquellos que
son militares.
Estatus de las Diferentes
Oficinas en la Actualidad
Las oficinas locales de
apoyo ahora están cerradas. Deben comunicarse con la oficina local más
cercana para obtener ayuda.
Oficinas Internacionales
que continúan cerradas
Oficinas Internacionales
Tipo de Oficina Estatus
Amman, Jordania Oficina
Local Permanentemente Cerrada
Atenas, Grecia
Oficina Local Permanentemente Cerrada
Bangkok, Tailandia Oficina Local Permanentemente
Cerrada
Ciudad Juárez, México Oficina Local Permanentemente
Cerrada
Frankfurt, Alemania Oficina Local Permanentemente
Cerrada
Johannesburgo, África del
Sur Oficina Local Permanentemente Cerrada
Lima, Perú Oficina
Local Permanentemente
Cerrada
Manila, Filipinas Oficina Local Permanentemente Cerrada
Monterrey, México Oficina Local Permanentemente
Cerrada
Moscú, Rusia Oficina Local Permanentemente
Cerrada
Nairobi, Kenya Oficina Local Temporalmente
Cerrada
Puerto Príncipe, Haití Oficina Local Permanentemente Cerrada
Roma, Italia Oficina Local Temporalmente
Cerrada
Seúl, Corea del Sur Oficina Local Permanentemente
Cerrada
Bangkok, Tailandia Oficina de Distrito Permanentemente
Cerrada
Ciudad de México, México Oficina
de Distrito Permanentemente Cerrada
Roma, Italia Oficina de Distrito Permanentemente
Cerrada
Beijing, China Oficina de Distrito
Temporalmente Cerrada
Guangzhou, China Oficina de Distrito Temporalmente
Cerrada
Cualquier
Información adicional consultar el Portal web de USCIS










